INE designará a nuevos  consejeros, tras remoción

-Por faltas graves a los principios de certeza y máxima publicidad durante el PREP del 2020, destituyeron a dos consejeros en el IEEH

 CAMBIOS EN EL ELECTORAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Determinará la Comisión de Vinculación con los Organismos Públicos Locales del Instituto Nacional Electoral (INE) el procedimiento de selección, así como designación de los dos consejeros que sustituirán a Guillermina Vázquez Benítez y Francisco Martínez Ballesteros, luego de que los removieran de sus encargos por faltas graves a los principios de certeza y máxima publicidad en las diferentes etapas del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) a utilizarse en la contienda de ayuntamientos del 2020.

En sesión pública que duró hasta la madrugada del 1 de febrero, dirimieron el procedimiento programado en la sesión, radicado en el número UT/SCG/PRCE/CG/13/2020 y acumulado, en donde señalaron a siete consejeros del IEEH por las anomalías detectadas en la operación del PREP que implementarían en las elecciones de alcaldías, celebrado el pasado 18 de octubre del 2020.

Dicha queja emanó de la vista que ordenó la Comisión Temporal para Seguimiento de Procesos Electorales 2019-2020 y tras la denuncia de Morena, en la que señalaron ausencia de simulacros exitosos del PREP, sustitución por la herramienta Preliminares Hidalgo 2020, así como el incumplimiento de acuerdos y lineamientos en la materia.

De las investigaciones, detectaron fallas técnicas y jurídicas, violaciones a los principios constitucionales de máxima publicidad y certeza, vulneración al Reglamento de Elecciones, Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) y la Constitución Política federal; desfases en las entregas y actividades, omisión de convocar a representantes partidistas o de candidatos independientes en la realización de simulacros, irregularidades en las etapas de difusión y publicación de datos.

Igualmente, el dictamen refiere que hubo notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de funciones de la entonces presidenta, Guillermina Vázquez, principalmente por la contratación fuera de los plazos de la empresa Megaweb.

Entonces, por 10 votos a favor y uno en contra, el pleno aprobó la propuesta de la Unidad Técnica de lo Contencioso, respecto a la destitución de Guillermina Vázquez Benítez y Francisco Martínez; sobreseyeron los agravios cometidos por Salvador Franco Assad, Augusto Hernández Abogado y Blanca Estela Tolentino Soto porque ya no fungen como consejeros.

En tanto, descartaron sanciones para Miriam Saray Pacheco Martínez y Christian Uziel García Reyes, al no encontrar elementos suficientes para acreditar que esos consejeros tuvieron pleno conocimiento de la problemática en el desarrollo e implementación del PREP, además que no comprobaron alguna equivocación en aprobar la herramienta alternativa.

“Si bien resulta una conducta reprochable, derivó del cúmulo de faltas cometidas por parte de la Comisión Especial para el Programa de Resultados Electorales Preliminares”

También, dieron vista al Órgano Interno de Control del IEEH para valorar la responsabilidad en la que incurrieron los titulares de la Unidad de Informática y la Secretaría Ejecutiva.

Ante esta situación, es posible que tanto Vázquez Benítez como Martínez Ballesteros impugnen, mediante recurso de apelación, tal resolutivo ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En tanto que, el artículo 65 del Código Electoral del Estado refiere que en ausencia definitiva del cargo de consejero presidente, el resto de los integrantes del pleno, por mayoría de cinco, designarán a quien deba sustituirlo provisionalmente, comunicando de inmediato lo anterior al Consejo General del INE para que tome la determinación que corresponda y, en su caso, designe al sustituto en los términos señalados por la LGIPE.

Por su parte, el reglamento del INE para la designación y remoción de las y los consejeros presidentes y las y los consejeros electorales de los Organismos Públicos Locales Electorales, menciona que, en el caso que genere una vacante o ausencia temporal mayor a 30 días en la presidencia del OPLE, la Secretaría Ejecutiva del IEEH notificará a la Comisión de Vinculación para que someta a la aprobación del Consejo General en la siguiente sesión que celebre, la propuesta de quien funja en ese cargo de manera provisional, en tanto realicen el nombramiento definitivo.

La Comisión de Vinculación del INE, a través de la Unidad de Vinculación, iniciará con los trabajos para llevar a cabo un nuevo procedimiento de selección y designación de estas consejerías vacantes.