Ayuntamiento de Zempoala  incumplió con información

-TEPJF revocó el acuerdo plenario de cumplimiento del Tribunal Electoral del Hidalgo y ordenó la emisión de nuevos plazos para acatar la resolución primigenia

SALA REGIONAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Desdeñó el ayuntamiento de Zempoala con la entrega completa de información relativa a los contratos de comodato del parque vehicular que requirió una regidora, por lo que Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo plenario de cumplimiento del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) y ordenó la emisión de nuevos plazos para acatar la resolución primigenia.

Inicialmente, la regidora del referido municipio, Reyna López Ruiz, interpuso un juicio ciudadano ante el tribunal local porque el alcalde, Jesús Hernández Juárez, no otorgó información sobre la autorización del comodato del parque vehicular y el programa anual de adquisiciones.

En la resolución del asunto, el órgano jurisdiccional hidalguense estableció que, entre otros efectos, que la presidencia municipal informara sobre los datos solicitados en un lapso concreto, por lo que, para el 22 de febrero, aparentemente, la mencionada alcaldía acató con el fallo local.

Inconforme, la asambleísta recurrió a Sala Toluca y los magistrados regionales consideraron que fue incorrecto lo decidido por el TEEH, porque advirtieron en las pruebas que no brindaron los contratos de comodato de vehículos, tal como lo especificaba la sentencia.

Entonces, el pleno revocó el acuerdo plenario y ahora el tribunal hidalguense tramitará el incidente respectivo para que fije plazos legales, a fin de que la referida alcaldía ejecute satisfactoriamente lo que se mandató en el primer fallo que data del pasado 4 de febrero.

ANTECEDENTE. Cabe recordar que, derivado de esos juicios ciudadanos, el TEEH dejó sin efectos el acuerdo que aprobó el cabildo de Zempoala, del pasado 11 de enero del 2022, respecto a la autorización que concedieron al alcalde, Jesús Hernández Juárez, para signar convenios o contratos por el plazo de un año con particulares e instituciones oficiales; ya que tal circunstancia vulneraba los derechos políticoelectorales de regidores y síndicos en la vertiente del desempeño del encargo.