Diputado vulneró la  neutralidad y equidad

 -Magistrados del TEEH dieron vista a Cámara  de Diputados federal ante posibles violaciones

SESIÓN DEL TRIBUNAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Dieron vista a la Cámara de Diputados federal ante posibles violaciones a los principios de neutralidad y equidad cometidas por el legislador del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Marco Antonio Mendoza Bustamante, tras acudir a una conferencia de prensa el 25 de enero, cuando tenía sesión de la Comisión Permanente de la LXV Legislatura.

El Tribunal Electoral del Estado (TEEH) resolvió el procedimiento especial sancionador que interpuso Morena contra la aspirante a la gubernatura de la coalición “Va por Hidalgo”, Carolina Viggiano Austria, así como de los diputados federales, Marco Antonio Mendoza y Armando Tejeda Cid, tras acudir a una conferencia de prensa el pasado 25 de enero.

De la valoración del citado expediente, TEEH-PES-029-2022, descartaron vulneraciones cometidas por el legislador del Partido Acción Nacional (PAN), Armando Tejeda, pues no tuvo actividades parlamentarias en la fecha señalada; no obstante, el caso del coordinador de campaña de Viggiano, verificaron su inasistencia a la sesión de la Comisión Permanente del primer receso de sesiones del primer año de ejercicio de la LXV legislatura, por lo que actuó indebidamente al atentar contra los principios de neutralidad y equidad.

Entonces, el tribunal hidalguense dio vista a la Cámara de Diputados para que emita la sanción correspondiente hacia el diputado priista.

De ese asunto, igualmente Morena señaló tentativos actos anticipados de campaña por parte de Viggiano Austria, pero no corroboraron el elemento subjetivo porque descartaron equivalentes funcionales relativo a llamados expresos al voto ni para posicionar plataformas políticas o partidos.

Respecto al procedimiento, TEEH-PES-030-2022, también acusaron a la suspirante, así como los dirigentes del PRI, Alejandro Moreno Cárdenas y Julio Valera Piedras; así como diputados, Marco Antonio Mendoza Bustamante, Roberto Rico Ruiz y la subsecretaria de Desarrollo Social y Humano, Emilse Miranda Munive, por incurrir actos anticipados de precampaña o vejaciones al principio de imparcialidad.

Al respecto, los magistrados estipularon que, con base en las reglas de la lógica, experiencia y sana crítica, así como principios rectores, las expresiones no constituyeron llamados al voto, ya que son frases que advierten su relación con la militancia partidista y reconocimientos de trayectorias en el PRI.

CASOS. Por otro lado, en el TEEH-PES-036-2022, Acción Nacional (PAN) denunció la colocación de 12 espectaculares con propaganda gubernamental, en la que destacan colores y slogan del partido Morena.

El órgano jurisdiccional enfatizó que tal divulgación no es de tipo gubernamental porque no la contrató algún servidor público, además que es considerada genérica y es viable la inclusión de mensajes alusivos a programas de gobierno que incentiven el debate público, sin promocionar de manera directa a un candidato.

Finalmente, el TEEH debatió la queja que promovió Gregorio Flores Hernández, en el folio, TEEH-PES-038-2022, por actos anticipados de campaña tras diversas expresiones en la red social Facebook que realizó, Julio Menchaca Salazar, el pasado 10 de marzo.

La ponencia del juez, Leodegario Hernández Cortez, reconoció que las publicaciones fueron en un lapso que no corresponde a la campaña, pero desestimó el medio de impugnación porque no acreditaron el elemento subjetivo, pues las frases que incluyen las palabras 4t o transformación son aisladas.