Prevalece candidatura de  Viggiano, determina la SS

-TEPJF determinó que la aspirante tuvo la voluntad de cumplir con los informes de precampaña; sin embargo, INE tiene que contabilizar los espectaculares del PRI y PRD

HASTA AHORA 

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Cumplieron Acción Nacional (PAN) y Carolina Viggiano Austria oportunamente con los informes de precampaña a la gubernatura, esta última tuvo voluntad para acatar dicha obligación dentro de los plazos establecidos, reiteró Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); sin embargo, el pleno enfatizó necesario que el Instituto Nacional Electoral (INE) se pronuncie sobre los espectaculares adjudicados al Partido de la Revolución Democrática (PRD) y Revolucionario Institucional (PRI) para cuantificarlos en las erogaciones de la candidata, con ello verificar que no rebasó los topes de gastos.

Los magistrados resolvieron los recursos de apelación, SUP-RAP-120/2022, SUP-RAP-121/2022 y SUP-RAP-123/2022, en donde Morena, Nueva Alianza Hidalgo (PNAH) y PRI, respectivamente, impugnaron la resolución del Consejo General del INE que estableció las irregularidades encontradas en la revisión de los informes de ingresos y gastos de precampaña al cargo de gubernatura de Hidalgo.

Morena y PNAH exigieron la cancelación de la candidatura de Viggiano al no cumplir con los informes de precampaña, además de señalar la omisión del “sol azteca”, así como “tricolores” de presentar documentales y no reportar adecuadamente espectaculares o publicidad en internet para promocionar la imagen, signos, emblemas o expresiones con nexos hacia la suspirante de la coalición “Va por Hidalgo”.

Por su parte, el PRI pretendía la revocación de tal dictamen consolidado que igual imponía sanciones económicas y justificar diversa publicidad como genérica o que formaba parte de las actividades del partido. 

En la ponencia de la jueza, Janine Otálora Malassis, acumularon los proyectos y estipuló que los hallazgos detectados en el monitoreo, tanto en la vía pública como en internet, así como diversos eventos, constituyeron gastos de precampaña que el PRI realizó en beneficio de Carolina Viggiano.

Por lo que, existen elementos que razonablemente sostienen que la entonces precandidata pretendía postularse por la coalición “Va por Hidalgo”, integrada por PAN, PRI y PRD, entonces, electorado o militancia advirtieron de manera objetiva o razonable que la persona buscaba un posicionamiento para ese efecto y no otro distinto.

No obstante, reconocieron que la suspirante presentó oportunamente el informe de ingresos y gastos de precampaña ante PRI y PRD, por ello no atribuyen responsabilidad alguna.

El proyecto argumentó que no procedía la causal de incumplimiento en la obligación del informe de ingresos, pues persisten diferencias importantes con otros asuntos de similares causales: Viggiano presentó en tiempo los documentos ante PRI y PRD, además de que existió voluntad para ello, sin embargo, esos dos partidos lo otorgaron el 24 de febrero, cuando el PAN acató idóneamente los reportes de fiscalización. 

La Sala Superior propuso la revocación parcial del dictamen para que INE puntualice el costo al que asciende la adquisición de espectaculares o eventos organizados por PRI y PRD, luego cuantificarlos al gasto de Viggiano Austria para efecto del tope de precampaña e individualice la sanción.

“En consecuencia, se sugiere que la autoridad, a la brevedad, determine el costo al que ascienden las operaciones referidas, se pronuncie respecto de la omisión en el reporte de los ingresos y gastos involucrados en los actos que generaron un beneficio a la citada precandidatura y determine la sanción que corresponda a cada partido político”.