Endurecer castigos por  uso clandestino del agua 

– Iniciativa que reforma la Ley Estatal de Agua y Alcantarillado, del Grupo Legislativo del GLPRI

LEGISLATIVO 

Staff Crónica Hidalgo 

Citlali Jaramillo y Juan de Dios Pontigo, integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional (GLPRI) en el Congreso estatal, presentaron una iniciativa que reforma la Ley Estatal de Agua y Alcantarillado.

Pontigo Loyola sentenció que el objetivo de esta iniciativa es proteger el servicio y distribución de agua realizada por el Estado en materia del uso indebido de agua a través de tomas clandestinas, a fin de endurecer las sanciones correspondientes.

“Es relevante la integración de las consideraciones en torno al incremento del uso indebido y clandestino del agua en el marco normativo vigente de la Ley Estatal de Agua y Alcantarillado para el Estado de Hidalgo a fin de que se establezcan los elementos necesarios para su reconocimiento, atención e incremento de sanciones respecto de la protección de uso y disfrute del agua”.

“El marco normativo bajo el cual se estable el derecho al agua y su protección establece las pautas legales para que en conjunto los tres órdenes de gobierno puedan generar la acciones, estrategias, proyectos y políticas en favor de la población, pero también en favor del uso sustentable y sostenible del recurso hídrico”.

Jaramillo Ramírez informó que “la Comisión de Agua y Alcantarillado de Sistemas Intermunicipales (Caasim) ha reportado un registro de 280 mil tomas, de igual manera estima que la cifra de tomas clandestinas que se conectada a su red de agua potable supera ya las 40 mil”.

“Lo cual en buena medida contribuye a que en la zona metropolitana de la capital se agudice y se encarezca en mayor medida el brindar el servicio a la población”, explicó Jaramillo Ramírez.

Por tanto, refirió, “esta reforma propone que las personas que utilicen los servicios públicos de manera clandestina deberán pagar las tarifas que correspondan a dichos servicios públicos y además, se harán acreedores a las sanciones administrativas que se señalan en esta Ley y en su caso, a las sanciones penales relativas”.

Asimismo, “detectado un servicio clandestino, el prestador del servicio correspondiente procederá de inmediato a suspender el servicio desde la red de distribución y a notificar al propietario o poseedor del inmueble respecto de los requisitos que debe cumplir, así como la multa correspondiente, independientemente de la denuncia penal por el delito de robo de fluidos y los que le resulten”, finalizó.