Resoluciones son igualitarias  y conforme normativa vigente

-Resolvieron 139 procedimientos especiales sancionadores, de ellos negaron 32 medidas cautelares

-La mayoría de los fallos fueron impugnados ante el Tribunal Electoral del Estado, señala el IEEH

INSTITUTO ELECTORAL DE HIDALGO

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Informó la consejera presidenta provisional del Instituto Estatal Electoral (IEEH), Ariadna González Morales, que hasta el momento sustanciaron 139 procedimientos especiales sancionadores, de las cuales derivaron en 17 medidas cautelares contra candidatos, partidos políticos o ciudadanos, asimismo, aclaró que en la resolución de los asuntos prevalece un trato igualitario, conforme a la normativa vigente.

Detalló que, desde el inicio del proceso electoral, tramitaron, sustanciaron y resolvieron 139 procedimientos especiales sancionadores, de ellos negaron 32 medidas cautelares, 24 en revisión y en 17 concedieron dichas medidas; la mayoría de los fallos fueron impugnados ante el Tribunal Electoral del Estado (TEEH).

En la valoración de estos medios de impugnación, es posible la implementación de medidas cautelares, como retiro de publicaciones, mensajes o propaganda, para que posteriormente las remitan de inmediato al tribunal hidalguense, a fin de que resuelva conforme a derecho.

Las medidas cautelares son acciones extraordinarias para evitar conductas que puedan considerarse lesivas del órgano jurídico al transcurrir en el tiempo, causen efectos y no sea posible retrotraerse con el dictado de una resolución de fondo.

Por ello, sostuvo la titular del IEEH, la importancia de que sean emanadas de un análisis estricto y debidamente justificadas.

“El trato es igualitario sobre el procedimiento especial sancionador que se han recibido en el IEEH, precisamente vamos a eso, es el mismo procedimiento que ya está normado, se tienen que hacer diligencias y cuestiones para determinar si se dan medidas cautelares o no”.

Entre las causales que dirimen en este tipo de asuntos: violaciones al artículo 134 de la Constitución Política federal, o bien, que los actores políticos contravengan normas de la propaganda, situaciones anómalas durante las precampañas, obtención de apoyo ciudadano o rumbo a las intercampañas y campañas; actos de coacción o presión hacia electorado; incumplimiento de resoluciones decretadas por la autoridad electoral.

Difusión de propaganda contraria a la normatividad; omisión de brindar información que sea requerida por la autoridad; actos anticipados de precampaña y campaña; uso de símbolos religiosos, o manifestaciones vertidas por miembros de algún culto religioso, entre otras.

“La medida cautelar es la respuesta rápida que le damos a las circunstancias, siendo así que se han dictado 17 medidas no solamente hacia un partido, coalición o candidatura común, sino en diversas circunstancias, que, dependiendo el mismo contexto, se ha determinado bajo lineamientos y normas”, puntualizó la presidenta.