Terminan campañas e inicia veda

ANÁLISIS Comienza el periodo de reflexión de tres días en el que la ciudadanía analiza el sentido de su voto, sin interferencia de partidos políticos y contendientes, por lo que tienen prohibido los llamados al voto, celebrar o difundir reuniones, así como actos proselitistas

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Este 1 de junio terminan las campañas para quienes aspiran a la gubernatura hidalguense y comienza el periodo de reflexión de tres días en el que la ciudadanía analiza el sentido de su voto, sin interferencia de partidos políticos y contendientes, por lo que tienen prohibido los llamados al voto, celebrar o difundir reuniones, así como actos proselitistas.

A partir del primer minuto del 2 de junio inicia la denominada veda, por lo que no es posible la realización de eventos campaña, divulgación de propaganda y de encuestas o sondeos de opinión sobre preferencias electorales.

Asimismo, los gobiernos federales, estatales y municipales, o cualquier ente público no podrán difundir propaganda oficial en este lapso.

Los medios de comunicación están amparados por el derecho a la libertad de expresión, por lo que es viable que efectúen sus coberturas sin promocionar candidatos, partidos, coaliciones u ofertas políticas, ni llamados al voto a favor o en contra de determinados contendientes, tampoco publicar encuestas sobre las tendencias o publicidad gubernamental, salvo aquella relacionada a la salud, servicios educativos o protección civil.

Según la legislación electoral, es necesario quitar la propaganda proselitista colocada en un radio de 50 metros de los lugares donde instalarán las casillas el próximo 5 de junio.

En espacios de internet y redes sociales, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), de acuerdo con la tesis LXX/2016, establece la prohibición, dirigida a quienes ostenten una candidatura, de difundir propaganda por cualquier medio durante la veda, abarca, entre otros aspectos, los mensajes que publican a través de sus redes sociales.

Esta prohibición que refiere el máximo órgano jurisdiccional representa una limitación razonable a su libertad de expresión para garantizar las finalidades de dichas normas, por lo que es una medida que busca salvaguardar, además, el principio de equidad en la contienda electoral.