Morena mata no  es una calumnia

Sala Superior quita multas al PRI, pues consideró que publicaciones denunciadas exponían temas de interés y críticas hacia actual Gobierno Federal; procedimientos

APRECIACIÓN

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Revocaron las multas que determinó Sala Regional Especializada hacia la dirigencia nacional del Partido Revolucionario Institucional (PRI), así como los comités estatales de Hidalgo, Baja California, Durango, Jalisco y Nayarit, por la difusión de propaganda presuntamente calumniosa contra Morena.

Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró que las publicaciones denunciadas expusieron temas de interés y críticas al Gobierno Federal, sin que constituyan una imputación de hechos o delitos hacia la cúpula “guinda”.

Inicialmente, en el procedimiento especial sancionador SRE-PSC-138/2022, Morena acusó al PRI de que, en mensajes vía Twitter, promovieron afirmaciones y elementos que actualizaban la calumnia en perjuicio del partido “guinda”, particularmente con la expresión “Morena mata”.

Los jueces de Sala Especializada consideraron que el uso del verbo matar, atribuía un delito falso hacia Morena, entonces por mayoría de votos, sancionaron con 5 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), es decir, 481 mil 100 pesos al PRI nacional.

Mientras que los Comités Directivos Estatales de Baja California, Durango, Hidalgo y Jalisco, con mil UMA respectivamente, o sea, 96 mil 220 pesos; específicamente en Nayarit, 300 UMA, un monto de 28 mil 866 pesos.

Inconforme, el “tricolor” recurrió ante Sala Superior para revocar tal castigo, mediante recursos de revisión del procedimiento especial sancionador, pues el criterio Sala Regional Especializada vulneró principios de legalidad, exhaustividad y congruencia, al no existir elemento objetivo para acreditar calumnia, tampoco real malicia.

Los priistas consideraron que el fallo restringió de manera injustificada la libertad de expresión con la frase “Morena mata”, además que hubo indebida individualización de la sanción al multar de manera discrecional y desproporcionada.

En los expedientes, SUP-REP-599/2022, SUP-REP-600/2022, SUP-REP-601/2022, SUP-REP-606/2022, SUP-REP-610/2022 y SUP-REP-614/2022 acumulados, la mayoría del pleno decretó que le asistía la razón al PRI y anuló las sanciones monetarias.

Los magistrados federales refirieron que la citada expresión era en sentido figurado, como crítica a lo dañina que el PRI considera la gestión gubernamental de Morena, “por lo que no es posible interpretarla en el sentido literal, atribuyéndole la referencia al delito de homicidio ni es dable someterla a un escrutinio de veracidad”.

Además, que las publicaciones no concedían hechos o delitos falsos para el instituto político “obradorista”, pues eran cuestiones sobre la situación en el país en diversos rubros como seguridad, economía y salud, con una crítica severa hacia las acciones del gobierno federal en esos temas.

“En este sentido, al tratarse de una opinión crítica, vertida por un partido político en el marco de diversos procesos electorales, se encuentra dentro de los límites de la libertad de expresión y de ejercicio a la libre difusión de información que fortalece el debate político”.