Desecharían procedimiento de remoción contra dos consejeros 

-La propuesta es declarar improcedente la denuncia contra Hernández Abogado y Francisco Martínez; mientras que desechan los señalamientos hacia García Reyes y Pacheco Martínez

SOMETERÁN PROYECTO

Rosa Gabriela Porter Velázquez 

Desecharían el procedimiento de remoción que promovieron contra los consejeros del Instituto Estatal Electoral (IEEH), Christian Uziel García Reyes y Miriam Saray Pacheco Martínez, plantea el proyecto de acuerdo que someterán a consideración del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE).

Este lunes, en sesión ordinaria, determinarán lo conducente por la denuncia que interpuso Morena por presuntas conductas que atentaron contra la independencia e imparcialidad de la función electoral o que implicaron subordinación respecto a terceros, por hechos suscitados en el contexto del proceso electoral concurrente 2020-2021.

Los consejeros dirimirán el expediente que formalizó la cúpula “guinda”, por hechos que configurarían algunas de las causales de remoción previstas en el artículo 102 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, UT/SCG/PRCE/MORENA/OPLE/HGO/20/2021, contra Augusto Hernández Abogado, Francisco Martínez Ballesteros, Christian Uziel García Reyes y Miriam Saray Pacheco Martínez.

De acuerdo con el proyecto que votarán en la sesión, al cual tuvo acceso La Crónica de Hoy en Hidalgo, la propuesta es declarar improcedente la denuncia contra Hernández Abogado y Francisco Martínez; mientras que desechan de plano los señalamientos hacia García Reyes y Pacheco Martínez.

Este asunto lo registraron mediante acuerdo en agosto del 2021, prevalecía en investigación y casi un año después lo resolverán en el pleno del INE.

La improcedencia por Augusto Hernández Abogado es que concluyó su encargo en septiembre del 2021 y de Francisco Martínez Ballesteros, lo destituyeron apenas a principios de este año, junto con la entonces presidenta, Guillermina Vázquez Benítez, ante las irregularidades suscitadas por el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREPR) del 2020.

Respecto a García Reyes y Pacheco Martínez, descartarían el asunto porque refieren a hechos inexistentes de la simple lectura del escrito de queja, no aportaron pruebas mínimas para acreditar su veracidad o refieren criterios de interpretación jurídica o conductas que no actualizan faltas graves previstas en la ley. 

Cabe recordar que hay otro asunto pendiente por resolver, el expediente, UT/SCG/PRCE/VHGG/JL/HGO/13/2021, el cual interpuso Víctor Hugo García García, el pasado 26 de mayo del 2021, contra las cuatro personas citadas, aunque prevalece en suspensión de resolver.

Algunas de las causales de remoción de consejerías son: realizar conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros; notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar; conocer de algún asunto o participar en algún acto para el cual estén impedidos.

Realizar nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las disposiciones generales correspondientes; emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento y no haberse excusado del mismo; dejar de desempeñar injustificadamente las funciones o labores a su cargo; violar de manera grave o reiterada lineamientos, reglas, criterios o formatos del INE.