Gobernadoras beneficiaron la campaña de Menchaca Salazar

-Sala Superior confirmó que el gobernador electo resultó beneficiado con la asistencia de funcionarias públicas en un evento de campaña

SENTENCIAS FEDERALES

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Resultó beneficiado electoralmente Julio Menchaca Salazar con la asistencia de funcionarias públicas durante eventos de campañas, sostuvo la Sala Superior al confirmar la sentencia de Sala Regional Especializada que determinó la existencia de la vulneración a los principios de equidad, imparcialidad y neutralidad atribuida a Claudia Sheinbaum Pardo, jefa de Gobierno de la Ciudad de México; Indira Vizcaíno Silva, gobernadora de Colima y Layda Elena Sansores San Román de Campeche.

El pleno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió los recursos de revisión del procedimiento especial sancionador 616, 636 y 637, que promovieron las mencionadas funcionarias, el mandatario entrante en Hidalgo y Morena para refutar el fallo de la Sala Regional Especializada en el expediente SRE-PSC-143/2022.

Tal sentencia inicial, descartó el uso de recursos públicos por parte de las gobernadoras de Morena durante su visita a la capital hidalguense el pasado 8 de mayo, sin embargo, esas concurrencias en el evento atentaron el principio de imparcialidad, dada la naturaleza de sus cargos, atribuciones constitucionales o legales, ya que, posiblemente generaron una presión o influencia indebida en los electores.

Entonces, dieron vista a los Congresos locales de Colima, Ciudad de México y Campeche para que fije la sanción correspondiente hacia las mandatarias, igualmente, acreditaron el beneficio que obtuvo Menchaca Salazar, por lo que pagaría una multa de 9 mil 622 pesos.

Inconformes, recurrieron a Sala Superior con el argumento de que faltó exhaustividad, fundamentación y motivación, así como anomalías en la individualización de las sanciones.

Los magistrados federales descartaron esos agravios porque Sala Regional Especializada si consideró elementos para verificar que violentaron la neutralidad en la contienda de Hidalgo, con la participación activa en el evento, una presencia central y principal, además de los agradecimientos por su apoyo de parte del propio candidato Menchaca.

Por tanto, Sala Superior ratificó la existencia de irregularidades por la presencia de servidoras públicas en actos de campaña en Hidalgo; asimismo, acreditó la responsabilidad indirecta por parte del entonces contendiente, ya que conocía las conductas infractoras.

En relación también al proceso electoral 2021-2022, los jueces ratificaron que el presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Morena, Mario Delgado Carrillo, así como el partido, cometieron calumnia al difundir un video en la red social Twitter que implicó una imputación directa de un delito en perjuicio del Revolucionario Institucional (PRI) y las candidaturas que postuló en Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas.

Como dato relevante, la Sala Superior todavía no resuelve el juicio de revisión constitucional, SUP-JRC-82/2022, relacionado a la impugnación de los resultados y declaración de validez de los comicios en Hidalgo.