Triunfó Menchaca, pero violando la ley: TEPJF

-Confirman declaración de validez de elección; sin embargo, sí hubo vulneración a los principios de equidad por parte de funcionarios públicos, calumnia y posible turismo electoral.

RESUELVEN SENTENCIAS

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Pese a violaciones graves como que el Presidente de la República y servidores públicos de Morena no respetaron los principios de neutralidad, equidad e imparcialidad durante la contienda, hubo calumnia contra partidos que integran la coalición “Va por Hidalgo”, además de posible “turismo electoral”, la Sala Superior del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sostuvo que los agravios no eran determinantes o suficientes para anular los resultados del pasado 5 de junio, por lo que confirmaron el triunfo de Julio Menchaca Salazar como gobernador.

En sesión pública celebrada este viernes, resolvieron el juicio de revisión constitucional SUP-JRC-82/2022, relativo a la impugnación de Acción Nacional (PAN) contra la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que confirmó la declaración de validez de los resultados y entrega de constancia de mayoría hacia Julio Menchaca Salazar.

De manera general, la ponencia calificó los agravios como fundados pero inoperantes, ya que si comprobaron la existencia de diversas conductas que transgredieron los principios de neutralidad, imparcialidad y equidad, pero no son de la magnitud suficiente para considerar que, en el caso específico, afectaron el resultado de la elección en Hidalgo.

El proyecto del magistrado, Indalfer Infante Gonzales, recordó que la nulidad de una elección es algo excepcional, ante hechos que consideren irregulares certificadas, demuestren una transgresión grave a los principios rectores del proceso, anomalías generalizadas o trascendentes, asimismo, que el grado de afectación sea determinante en los resultados finales.

Respecto al Código Electoral de Hidalgo, en el artículo 385, refiere las causales de nulidad, entre otras, cometer en forma generalizada violaciones sustanciales en la jornada comicial, se encuentren plenamente acreditadas y demuestre que las mismas fueron determinantes para el resultado de la elección, salvo sean imputables a los partidos, coaliciones o candidatos.

“Con base en lo expuesto, no basta que una infracción plenamente acreditada sea grave y sustancial, sino que es necesario que la misma sea generalizada en toda la entidad y determinante para el resultado de la elección”.

Entre las acusaciones estaban la violación de principios de neutralidad por parte del presidente, Andrés Manuel López Obrador, gobernadores, secretarios del gobierno federal, alcaldes y diputados de Morena; la incidencia de la propaganda de la revocación de mandato; difusión de propaganda calumniosa; violencia política por razón de género; turismo electoral y rebase de topes de gastos de campaña.

Respecto al turismo electoral, encontraron que hubo una violación procesal por parte del magistrado instructor, Manuel Cruz Martínez, al no ampliar la demanda para investigar lo relacionado a un incremento anómalo del listado nominal durante el periodo de campaña y repentina disminución tras la jornada del 5 junio.

Empero, no hubo medios de convicción que corroboren un nexo entre el desplazamiento poblacional con el resultado de la elección, a partir de cotejar si 106 mil 328 cambios eran fraudulentos y para favorecer al candidato, Julio Menchaca; en tanto, para investigar dicha situación, dieron vista al Instituto Nacional Electoral (INE).

Por otro lado, sobre los comentarios vertidos por el presidente López Obrador en la mañanera del 25 de abril, no estaban amparados en el ejercicio de la libertad de expresión, porque incumplieron con el deber reforzado de la imparcialidad y ello transgredió en la contienda de Hidalgo.

Igualmente, detectaron una estrategia por parte del partido y funcionarios públicos emanados del mismo, ya que hubo concurrencia en eventos de gobernadoras, como Claudia Sheinbaum Pardo de la Ciudad de México; Layda Sansores San Román de Campeche, Indira Vizcaino Silva de Colima; Marcelo Ebrard Casaubón como secretario de Relaciones Exteriores (SRE), lo mismo de presidentes municipales, síndicos, regidores y diputados.

Aún con ello, los jueces establecieron que no existen elementos de prueba en el expediente que permitan concluir que las manifestaciones del mandatario, como la asistencia de servidores públicos “morenistas” tuvieran un efecto trascendental en el resultado de la elección.

Además, a pesar que demostraron la calumnia atribuida al presidente nacional de Morena, Mario Delgado Carrillo, al llamar traidores a la patria al PAN, Revolucionario Institucional (PRI) y Partido de la Revolución Democrática (PRD), establecieron que ello no influyó en el ánimo de la ciudadanía hidalguense.

Relativo a la vulneración en la campaña durante el periodo del ejercicio de revocación de mandato, Sala Superior no advirtió pruebas sobre ello, pues fueron procesos distintos.

De los actos de violencia política en razón de género, calificaron como infundados los agravios; en este tema, la magistrada Mónica Aralí Soto Fragoso, emitió un voto concurrente al considerar que, si hubo estas vejaciones en contra de la candidata, Carolina Viggiano Austria.

De igual forma, descartaron el rebase de topes de gastos, porque en la revisión de fiscalización que efectuó el INE no encontró estos causales.

Por lo que, con la evaluación conjunta de las irregularidades acreditadas, el pleno enfatizó que no eran cuantitativamente y cualitativamente suficientes para contemplar la nulidad de comicios en Hidalgo, pues otro factor fue la diferencia entre el primero y segundo lugar que es mayor al 30 por ciento (%), más de 300 mil votos. 

“La elección a la gubernatura de Hidalgo, con independencia de las violaciones acreditadas se dio sin afectación determinante a los valores fundamentales de elecciones libres, auténticas que implican la vigencia efectiva de las libertades públicas, lo que se traduce en que el voto no debe estar sujeto a presión y que el poder público no debe emplearse para influir al electorado”.