Confirman la permanencia de consejeros hidalguenses

-Seguirán en el IEEH Miriam Saray Pacheco y Christian Uziel García, luego de que desde el TEPJF consideraron como infundados e inoperantes los agravios señalados 

SALA SUPERIOR

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Permanecerán como consejeros del Instituto Estatal Electoral (IEEH), Miriam Saray Pacheco Martínez y Christian Uziel García Reyes, luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró como infundados e inoperantes los agravios  señalados por Víctor Hugo García García para insistir en remover a los citados funcionarios.

En el recurso de apelación, SUP-RAP-31/2023, el inconforme impugnó la resolución del INE en el expediente UT/SCG/PRCE/VHGG/JL/HGO/13/2021, relacionado a la presunta vulneración a los principios de independencia e imparcialidad por parte de los exconsejeros, Augusto Hernández Abogado y Francisco Martínez Ballesteros; así como Christian Uziel García Reyes y Miriam Saray Pacheco Martínez, tras reunirse con liderazgos del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en el 2021.

El Consejo General del INE sobreseyó lo relativo a Hernández Abogado y Francisco Martínez pues ya no ocupan los cargos, en tanto que de Uziel García y Miriam Pacheco, los agravios planteados eran infundados porque al analizar las constancias y pruebas no hubo elementos para acreditar que en dicho cónclave dialogaron sobre algún tema en específico que atentara la equidad de las elecciones en ese año.

Por ello, Víctor García denunció la presunta falta de exhaustividad por parte de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE porque no requirió mayor información respecto a los hechos; inobservancia al principio de eficacia y justicia expedita, entre otras.

El pleno dejó firme el sobreseimiento y corroboró la resolución impugnada porque los agravios relativos a la falta de exhaustividad y congruencia resultaron infundados, ya que la autoridad responsable sí analizó las pruebas que ofreció el promovente con las cuales acreditó los hechos narrados en la demanda.

“Por lo que en el caso no se advierte que fuera necesario recabar mayores pruebas para mejor proveer”, precisó la ponencia del juez, Indalfer Infante Gonzales.

De igual forma, los magistrados descartaron que el INE realizara valoraciones equivocadas de las evidencias o que existiera transgresión al principio de imparcialidad.

Entonces, Sala Superior ratificó el dictamen INE/CG07/2023 que desechó el procedimiento de remoción UT/SCG/PRCE/VHGG/JL/HGO/13/2021 interpuesto contra las consejerías hidalguenses.