Delegaciones Sedatu, PA y RAN discriminan a mujeres

ACTUALIDAD. A las mujeres campesinas se les otorga el término de “ejidataria” sólo cuando reciben la tierra por herencia tras la muerte de su esposo

-Expresó la diputada Vanesa Escalante que las dependencias federales tiene que hacer cambios en favor de los derechos de las campesinas, ejidatarias y comuneras

DEFENSA DE DERECHOS

Luis Enrique Juárez Guzmán

La diputada integrante del Grupo Legislativo del Partido Morena, Juana Vanesa Escalante Arroyo, conminó a las dependencias federales de la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (Sedatu), la Procuraduría Agraria (PA) y el Registro Agrario Nacional (RAN) a que eviten actos discriminatorios contra mujeres campesinas ejidatarias o comuneras.

Esto, al considerar que existe una clara discriminación y una afectación al derecho a la mujer a ser reconocida dentro del núcleo ejidal, toda vez que sólo se les puede otorgar el término de “ejidataria” este se otorga al recibir la tierra como herencia tras la muerte del esposo.

La representante local expuso que, de acuerdo con la Sedatu, a diciembre de 2022, contaba con 30 mil 145 mujeres con calidad de ejidatarias; 6 mil 171 comuneras; 6 mil 876 posesionarias y 1 mil 329 avecindadas, aun cuando no se les ha expedido documentos.

Mientras que, en el Registro Agrario Nacional, en su última estadística publicada durante el último mes de 2022, existe un total de 22 mil 915 posesionarios de los cuales 6 mil 876 son mujeres y 16 mil 039 son hombres.

Por lo que expresó que es imperante que la Sedatu, la PA y el RAN elaboren e implementen un proyecto de apoyo a posesionarias y posesionarios legalmente reconocidos de todos los núcleos agrarios en el país, para que a través de asambleas generales puedan ser reconocidos con la calidad agraria de ejidatarias, ejidatarios, o comuneras y comuneros.