Desecharían dos quejas contra proceso interno priista

INCUMPLIMIENTOS  

Por incumplir los requisitos de acreditar militancia y la constancia de no adeudos de cuotas partidistas para fungir como consejeros nacionales del Revolucionario Institucional (PRI), además de no impugnar oportunamente la convocatoria para seleccionar los citados cargos “tricolores”, Sala Superior confirmaría la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria que descartó las quejas de los presidentes de comités municipales, Eligio Figueroa Chávez, de Chapantongo; y Eloan Méndez Reyes, Huazalingo.

El magistrado, Reyes Rodríguez Mondragón, publicó el proyecto de resolución de los expedientes SUP-JE-1068/2023 y SUP-JE-1069/2023, acumulados, en donde dirigentes de comités municipales priistas de Hidalgo controvirtieron las resoluciones de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del PRI en los folios, CNJP-JDP-HID-072/2022 que, entre otras cuestiones, declaró infundados los medios de impugnación contra el acuerdo de la Comisión Nacional de Procesos Internos, mismo que validó las etapas de selección para los integrantes al Octavo Consejo Político Nacional del periodo estatutario 2022-2025.

La propuesta del juez electoral es corroborar la determinación del órgano de justicia “tricolor”, aunque falta que lo sometan a votación al resto de los integrantes del pleno en la próxima sesión pública.

Para la integración del Consejo Político Nacional, refiere la convocatoria priista, incluirán al presidente en el ámbito federal, líderes estatales, exdirigentes a nivel nacional, titulares de comités municipales por cada entidad, un listado de diputados federales y senadores, insaculados o electos, que estarán de forma rotativa, gobernadores, dos legisladores locales y un alcalde priista por entidad, entre otros.

En el caso de Hidalgo, celebraron el pasado 6 de noviembre el proceso electivo correspondiente: la fórmula de alcaldes conformada por Sergio Baños Rubio de Pachuca, propietario y Alejandro Dionicio Velasco de Molango, suplente; dirigentes de comités municipales, Eligio Figueroa Chávez de Chapantongo y Eloan Méndez Reyes, Huazalingo; en cuanto a diputados locales, Alejandro Enciso Arellano y Juan de Dios Pontigo Loyola.

El Comité Directivo Estatal autorizó estas actividades, en tanto que, el día 15 la Comisión Nacional de Procesos Internos PRI emitió la declaración de validez de la selección de integrantes del octavo Consejo Político Nacional, sin considerar a hidalguenses, por lo que recurrieron a instancias jurídicas.

La Comisión Nacional de Justicia Partidaria destacó que estos perfiles señalaron requisitos desproporcionados y excesivos en la convocatoria, pero no la impugnaron en el momento legal idóneo, por lo que consintieron dichas disposiciones, en tanto que tampoco anexaron oportunamente la documentación para acreditar la militancia y constancia de no adeudos.

Tales argumentos los respaldó el magistrado Reyes Rodríguez, por lo que confirmó el fallo del órgano de justicia priista ante lo infundado, inoperante e ineficaz de los agravios expuestos.  (Rosa Gabriela Porter Velázquez)