Reiteran la negativa para Reconciliación Social A.C.
-Confirmó la Sala Regional Toluca del TEPJF como no presentado el aviso de intención para constituirse como partido político local de dicha organización
SENTENCIA FEDERAL
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Confirmó la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) como no presentado el aviso de intención para constituirse como partido político local de la Organización Más Hidalgo para Todos A.C., conocida como Reconciliación Social A.C.
La agrupación recurrió mediante el expediente ST-JDC-57/2023 para anular la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), en la que corroboró el acuerdo del Instituto Estatal Electoral (IEEH) que rechazó su intención de inscribirse como partido local, ya que incumplió con los requisitos establecidos en la normativa.
En sesión pública, sala regional sostuvo que los agravios eran inoperantes, porque todos los planteamientos eran reiterativos a lo que argumentó en el juicio primigenio y no desestimó los considerandos de la sentencia local.
Del fallo inicial, el tribunal hidalguense indicó que la asociación presentó su aviso de intención ante el IEEH el 31 de enero, por lo que otorgaron cinco días para subsanar las omisiones detectadas en la revisión de la solicitud, específicamente el original o copia certificada del contrato de apertura de cuenta bancaria.
Entonces, Reconciliación Social A.C. pidió una nueva prórroga, el instituto cedió tres días hábiles más para formalizar el requisito faltante, sin embargo, no hubo respuesta positiva.
Para el Tribunal Electoral del Estado fue correcto clasificar como no presentado el aviso de intención porque incumplió con los requisitos, pese a los plazos extraordinarios, además que era inviable la documental privada que justificaba que la apertura de la cuenta bancaria seguía en trámite.
“Bajo esta lógica, si no presentó la totalidad de requisitos exigidos por la norma, junto con el aviso de intención y tampoco lo hizo en dos prórrogas que otorgó la autoridad, lo procedente es tener por no presentado el aviso de intención, por lo que se confirma lo determinado por IEEH”.
Finalmente, Sala Regional Toluca desechó dos juicios ciudadanos que promovieron asambleístas de Pachuca y Tepehuacán de Guerrero para refutar acuerdos de trámites emitidos por el tribunal local, ya que los asuntos carecen de definitividad y firmeza.