Todos alineados; Secretaría de Gobierno

– Difunden lineamientos para elaborar y tramitar reglamentos internos y estatutos orgánicos en el Poder Ejecutivo
MAQUINARIA
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Al ser necesario proporcionar a los integrantes de la administración pública los elementos para facilitar, agilizar y homologar los reglamentos interiores y estatutos orgánicos, la Secretaría de Gobierno difundió los lineamientos para la elaboración, revisión y trámite de estos documentales por parte de las dependencias del Poder Ejecutivo.
Como parte del Plan Estatal de Desarrollo 2022-2028, dentro del apartado de “Transformación de la administración pública del estado con base en la honestidad, transparencia y eficacia”, se plantea el fortalecimiento del marco normativo hidalguense, con vistas a un mayor orden y justicia, priorizando a la población más vulnerable.
En el Periódico Oficial del Estado (POEH) divulgaron esta normativa, ya que es facultad de la Secretaría de Gobierno realizar y revisar los reglamentos interiores y estatutos orgánicos que confeccionen las dependencias del Poder Ejecutivo, para someterlos a consideración del gobernador, de ahí la importancia de coordinar la elaboración de anteproyectos.
Por tanto, será atribución de la Coordinación General Jurídica como unidad administrativa de la Secretaría de Gobierno de garantizar que los mencionados proyectos sean acordes y congruentes con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con las disposiciones legales vigentes que integren el orden jurídico del estado.
Corresponderá a las dependencias y entidades redactoras la elaboración de los anteproyectos, luego los presentarán a la Coordinación General Jurídica antes del 30 de junio del 2023; contendrán la denominación del reglamento o estatuto, exposición de motivos, desglose de los artículos, secciones, fracciones, incisos o párrafos que derogarán, adicionarán o modificarán.
Específicamente, los artículos transitorios correspondientes deberán prever la fecha en que entrará en vigor el documento jurídico, y en su caso, los reglamentos y demás ordenamientos que se pretendan abrogar, seguidos de la fecha y órgano de difusión de su respectiva publicación y aplicación.
Además, detalla el proceso de revisión, observaciones de anteproyectos, el apoyo de los comités redactores y opiniones que emitirán; para la validación de los mismos requerirán de las posturas técnicas de la Secretaría de Hacienda, en los casos de disposiciones relacionadas a recursos económicos y/o materiales que impacten en el presupuesto; igualmente a la Unidad de Planeación y Prospectiva para aquellos relativos a organización y programación.
También solicitarán a la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria el dictamen de análisis de impacto regulatorio de los anteproyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, normas, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, instructivos, directivas, reglas, manuales carácter general que elaboren, siempre que sean de carácter general y tengan por objeto establecer obligaciones específicas y cualesquiera de naturaleza análoga a los actos anteriores, que expidan los sujetos obligados.
Los procedimientos administrativos que deriven de la aplicación de los lineamientos, los substanciarán conforme a Ley Estatal del Procedimiento Administrativo para el estado, igualmente lo aquello no contemplado será aplicable supletoriamente el citado ordenamiento.
Finalmente indica en el artículo 35 que la determinación de omitir elaborar o en su caso la emisión de reglamentos internos y/o de estatutos orgánicos, serán de estricta responsabilidad de las propias dependencias y entidades de la administración pública.