Descartan queja de MLH

SALA SUPERIOR 

Debido a que el medio de impugnación que presentó la agrupación interesada en constituirse como partido político local, Movimiento Laborista Hidalgo, A.C., no actualizó el requisito de procedencia en su medio de impugnación, Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) descartó la queja presentada y corroboró la negativa de aviso de intención.

En el recurso de reconsideración, SUP-REC-136/2023, la referida organización impugnó el fallo de Sala Regional Toluca en el juicio ST-JDC-37/2023, por la que confirmó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado (TEEH), misma que confirmó como no presentado el aviso de intención para constituirse como cúpula local.

Cabe mencionar que el tribunal hidalguense desechó los argumentos de la agrupación en cuanto a indebida valoración de los requisitos, pues existe la obligación de cumplir los requerimientos fiscales y legales durante la manifestación de intención, mismos que son constitucionales. 

Por ello, inconforme con el criterio, Movimiento Laborista Hidalgo, A.C. recurrió a la segunda instancia que es Sala Regional Toluca, en donde los magistrados coincidieron en que los argumentos eran genéricos, vagos e imprecisos en cuanto a que no otorgaron garantía de audiencia.

Entonces, ante la última instancia promovió un recurso de reconsideración en Sala Superior que resolvieron en sesión pública de este 17 de mayo, mismo que declararon como improcedente porque no acató los supuestos establecidos en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

De este asunto en particular, para que proceda el recurso de reconsideración era necesario acreditar que la sala regional estimó o no la inaplicación de alguna ley por considerarla contraria a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)