Endurecen requisitos para tramitar placas y permisos

PARA TRANSPORTE DE GAS LP Aplazan beneficios del programa Dale marcha a la Transformación 2023 hasta el 15 de diciembre, únicamente para propietarios, tenedores o usuarios de vehículos destinados al transporte, distribución y/o comercialización de gas licuado de petróleo

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Endurecen requisitos y medidas de seguridad para el registro, canje y/o emplacamiento de vehículos que transportan y distribuyen gas licuado de petróleo dentro del territorio hidalguense: las Secretarías de Gobierno, Hacienda y de Seguridad Pública (SSPH) emitieron las reglas de carácter general para estas unidades móviles, mismas que especifican la documentación obligatoria, procedimientos de acreditación y sanciones.

Dichos lineamientos derivan de los riesgos relacionados a las actividades de manipulación de gas LP, como el fuego, radiación térmica, explosiones o proyectiles; robo en ductos que abastecen el citado combustible, igualmente, que en las leyes o normas oficiales de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) no advierte el alcance necesario para regular y controlar la operación segura de los vehículos destinados al transporte y distribución por las vías de tránsito estatal y municipales.

Por tanto, el gobierno de Julio Menchaca Salazar estableció disposiciones en materia de seguridad reglamentarias sobre el transporte y distribución de gas licuado de petróleo en coadyuvancia con las entidades federales competentes, a efecto de que mediante estas actividades preventivas brinden mayor seguridad y eficiencia en el transporte, distribución y comercialización, de igual forma fortalecer mecanismos en materia de prevención y combate al delito de robo de hidrocarburos así como los correlativos.

En el caso de la Secretaría de Hacienda, corresponde la recepción y trámite a las solicitudes de los permisionarios para el registro, canje y/o emplacamiento de los vehículos encargados del transporte de gas licuado de petróleo; tramitar el procedimiento administrativo para determinar la suspensión o cancelación de autorizaciones otorgadas.

Como responsable del Registro Vehicular Estatal, clasificará las unidades destinadas al transporte, almacenamiento, distribución y comercialización que transiten por vías estatales y municipales; la inscripción o actualización tendrá vigencia de un año.

Dentro de la documentación, presentarán copias de permisos de distribución de la empresa, acta constitutiva y poder notarial; constancias que acrediten con instalaciones en Hidalgo, plan de contingencias de protección civil; póliza de seguro por responsabilidad civil; capacitación del personal en manejo y atención de materiales peligrosos; entre otros.

Una vez acreditado, iniciará el procedimiento de emplacamiento que contempla otros documentales legales, además de formatos de solicitud, comprobantes de pagos, constancia de situación fiscal, etcétera.

La Secretaría de Seguridad Pública consultará los sistemas de información y bases de datos para verificar la licitud de estas unidades, al igual que sus operadores y tripulantes; luego, la Secretaría de Hacienda emitirá el oficio correspondiente dirigido a la Secretaría de Gobierno en atención a la Subsecretaría de Protección Civil y Gestión de Riesgo, para que coteje los cumplimientos de normas oficiales sobre el transporte de materiales peligrosos.

De igual forma, establece los requisitos para operar y conducir estos vehículos, tales como licencia de conducir especial tipo E, constancias de capacitación en manejo de primeros auxilios, combate y control de fugas; póliza de seguros; bitácora de actividades, entre otras.

CASTIGOS. Respecto a las sanciones, la Secretaría de Seguridad Pública determinará como medida el aseguramiento de vehículos de transporte y de distribución cuando detecte el incumplimiento de las obligaciones, condiciones de seguridad y demás requisitos, ya sea la falta de coincidencia de placas, tarjetones de circulación, calcomanías o engomado.

Además, cuando preste el servicio y no contar con las placas especiales tramitadas en Hidalgo o no acredite el pertenecer a una empresa legalmente establecida en el territorio estatal; que detecte que de las bitácoras desprendan irregularidades o discrepancias entre la carga realizada en la planta de distribución y los registros de las cantidades vendidas a los consumidores finales que obren en la misma, o bien, carezca de la documentación de legal procedencia.

También, cuando la unidad de transporte, distribución y comercialización realicen maniobras que representen riesgo a la población durante el trayecto y/o durante el suministro del mismo; así como las demás que en materia de tránsito vehicular disponga la legislación.

En tanto, menciona como sanción el retiro de las matrículas en caso de pérdida de vigencia, que no estén colocadas en el lugar adecuado o existan objetos, substancias o alteraciones que dificulten u obstruyan su visibilidad o registro, o la de los elementos de lectura óptica de las mismas.

Dentro de los transitorios puntualiza que aplazarán beneficios del programa “Dale marcha a la Transformación 2023” hasta el 15 de diciembre, únicamente para propietarios, tenedores o usuarios de vehículos destinados al transporte, distribución y/o comercialización de gas licuado de petróleo.

Finalmente, en los 90 días contados a partir de la entrada en vigor del acuerdo, el titular del Poder Ejecutivo emitirá la armonización a la normatividad reglamentaria necesaria para la correcta aplicación de lo dispuesto, cumplimiento y efectiva coordinación con dependencias.