Rumbo al 2024, candidatos indígenas acreditarán pertenencia calificada

-El Instituto Electoral del Estado de Hidalgo emitirá oportunamente los lineamientos que de manera enunciativa servirán para calificar la adscripción indígena
COMICIOS ENTRANTE
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Candidaturas indígenas, tanto emanadas de partidos políticos como independientes, tienen que acreditar la pertenencia autóctona calificada ante el Instituto Estatal Electoral (IEEH), a partir de lineamientos que establezcan los documentales o elementos ciertos, objetivos y suficientes para su eventual validez.
Dentro de las reformas al Código Electoral de Hidalgo, específicamente en materia autóctona, el artículo 295p detalla lo relativo a este mecanismo legal para evitar simulaciones o posible usurpación de identidades nativas o afromexicanas.
Para garantizar que los espacios de candidaturas indígenas dentro del sistema de partidos políticos en elecciones municipales y distritales sean ocupados por miembros de las comunidades requiere la pertenencia indígena calificada, requisito de elegibilidad al cargo de elección popular y constituye una carga procesal para partidos políticos.
En tal documental acredita la condición personal que define la existencia de una ciudadanía comunitaria de la persona postulada a ocupar la candidatura indígena, es decir, la relación de pertenencia de una persona con una comunidad culturalmente diferenciada, acreditable a través de medios objetivos de prueba.
En el tercer párrafo de dicha disposición indica que las constancias para acreditar la pertenencia comunitaria, únicamente tendrán valor jurídico aquellas expedidas por autoridades comunitarias, a excepción de aquellos municipios en donde no existan comunidades autóctonas reconocidas y atenderán a elementos de prueba que indiquen un posible vínculo con el grupo o población indígena.
Para ello IEEH cotejará la documentación con perspectiva intercultural jurídica, atenderá las circunstancias propias de cada postulación, vigilará constancias o medios de prueba que verifiquen elementos ciertos, objetivos y suficientes para avalar la pertenencia efectiva entre la persona postulada y su comunidad.
El Instituto Estatal Electoral, una vez que desarrolle un proceso de consulta previa, libre e informada, emitirá oportunamente los lineamientos que de manera enunciativa servirán para calificar la adscripción indígena, a efecto de que las autoridades comunitarias y municipales, así como los interesados los conozcan.