Lluvia de inconformidades por elección de delegados

– El 26 de marzo, alcaldía entregó constancias de mayoría y tomó protesta de autoridades auxiliares de 97 colonias

PACHUCA

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Más de una treintena de juicios arribaron al Tribunal Electoral del Estado (TEEH) por actos u omisiones cometidas por la asamblea municipal de Pachuca durante el proceso de renovación de delegados y subdelegados de la capital hidalguense, ya sea por la negativa de registros de aspirantes, incumplimiento a los lineamientos o resultados del mismo.

Ciudadanos pachuqueños impugnaron principalmente que el ayuntamiento desdeñó los lineamientos definidos para la elección de delegados y subdelegados de 128 colonias y/o fraccionamientos, difundidos a finales de febrero, asimismo, el rechazo de registrarlos como postulantes, entre otras anomalías.

La Comisión de Participación Ciudadana de la presidencia municipal validó las inscripciones de aquellos interesados en participar en el citado proceso los días 26 y 27 de febrero, por lo que llevarían a cabo la jornada electiva mediante bloques.

Del 28 de febrero al 4 de marzo celebraron y ratificaron la primera elección; los comicios del segundo segmento fueron el 10 de marzo; del tercer bloque para el sábado 9 y el cuarto programado para el día 16.

El pasado 26 de marzo, la alcaldía entregó constancias de mayoría y tomó protesta de autoridades auxiliares de 97 colonias, mientras que en 31 no realizaron elecciones ante diversas circunstancias, como la falta de inscritos o incumplimiento de requerimientos.

En diciembre del año pasado, Sergio Baños Rubio entregó 123 títulos a enlaces de colonias, barrios y fraccionamientos con base en lo establecido en el artículo 6 del Reglamento de Consejos Ciudadanos de Colaboración y Delegados para el municipio de Pachuca, bajo la supuesta facultad del presidente para llevar a cabo dichas asignaciones.

Inicialmente, en los juicios TEEH-JDC-082/2023 y acumulados, el tribunal hidalguense dejó sin efectos las asignaciones de delegados que realizó el presidente municipal, únicamente en las colonias Miguel Hidalgo, ISSSTE, ampliación Santa Julia, Santa Matilde y fraccionamiento Aquiles Serdán, ya que vulneró lo que dispone la Ley Orgánica Municipal en cuanto la selección de autoridades auxiliares.

Sin embargo, la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en los juicios SCM-JDC-11/2024 y SCM-JDC-13/2024, bajo la ponencia del magistrado, Luis Enrique Rivero Carrera, calificaron como fundados los agravios respecto a que el TEEH no consideró las circunstancias del caso para reconocer que las acciones del alcalde impactaron en el derecho al ejercicio de la función pública municipal, así como en la organización de la elección de autoridades auxiliares y derecho a la ciudadanía a votar y ser votada para los mencionados encargos.

Destacaron que la Ley Orgánica Municipal y el reglamento correspondiente, en vinculación con el artículo 35 de la Constitución Política federal, reconocen como derecho políticoelectoral de la ciudadanía elegir a través del voto a las delegaciones municipales por medio de la emisión de convocatoria respectiva.

Mientras que la organización, desarrollo y vigilancia de dicho proceso es facultad del ayuntamiento y no de la persona presidenta municipal, por lo que, magistrados regionales invalidaron todos los nombramientos que efectuó Baños Rubio el 27 de octubre del 2023 y ordenaron la celebración adecuada de elecciones de delegados y subdelegados.