Denuncian a consejeros de negligencia, formalizan procedimiento de remoción

-Por presuntas conductas relacionadas a la notoria negligencia al realizar nombramientos y promociones infringiendo las disposiciones legales dentro del IEEH

INE

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Formalizaron procedimiento de remoción ante la Unidad Técnica de lo Contencioso del Instituto Nacional Electoral (INE) contra los siete consejeros del Instituto Estatal Electoral (IEEH) por presuntas conductas relacionadas a la notoria negligencia al realizar nombramientos y promociones infringiendo las disposiciones legales.

Recientemente, el ciudadano Roque Félix Gómez Lugo, interpuso ante la Unidad Técnica de lo Contencioso (UTC) del Instituto Nacional Electoral (INE) el procedimiento de remoción, UT/SCG/PRCE/RFGM/CG/19/2024 contra los siete integrantes del pleno hidalguense, la presidenta, María Magdalena González Escalona, así como las consejerías, Alfredo Alcalá Montaño, José Guillermo Corrales Galván, Christian Uziel García Reyes, Miriam Saray Pacheco Martínez, Ariadna González Morales y Laura Aracely Lozada Nájera.

En la consulta de procedimientos en materia electoral refiere que denuncian a los funcionarios hidalguenses por presuntas conductas relacionadas con la notoria negligencia al realizar nombramientos y promociones infringiendo las disposiciones generales correspondientes, con lo que presumiblemente actualizan las causales graves de remoción señaladas en el artículo 102, párrafo 2, incisos b) y d) de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

De acuerdo con fuentes al interior del INE, aparentemente también la queja acusa un presunto ejercicio indebido del gasto público.

La legislación refiere que son causales para una posible remoción: realizar conductas que atenten contra la independencia e imparcialidad de la función electoral, o cualquier acción que genere o implique subordinación respecto de terceros; notoria negligencia, ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o labores que deban realizar; conocer de algún asunto o participar en algún acto para el cual se encuentren impedidos.

Igualmente, realizar nombramientos, promociones o ratificaciones infringiendo las disposiciones generales correspondientes; emitir opinión pública que implique prejuzgar sobre un asunto de su conocimiento y no haberse excusado del mismo; dejar de desempeñar injustificadamente las funciones o las labores que tenga a su cargo; además de violar de manera grave o reiterada las reglas, lineamientos, criterios y formatos que emita el INE, calificándola como grave cuando dañe los principios rectores de la elección que trate.

Desde la reforma electoral constitucional del 2014 instauraron los procedimientos de remoción, Hidalgo registra once asuntos contra consejerías en funciones o que ya dejaron los cargos, de estos casos concluidos, diez fueron clasificados como no presentados o desechados, solo en uno acreditaron la remoción de dos consejeros, Guillermina Vázquez Benítez y Francisco Martínez Ballesteros en el UT/SCG/PRCE/CG/13/2020 y UT/SCG/PRCE/MORENA/CG/14/2020, acumulados, por las irregularidades suscitadas en el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) del 2020.