Di Ramona promoverá voto en extraordinarios

– Consejo General del IEEH determinó como procedente la solicitud de la agrupación Diversidad, Redes de Apoyo para Mujeres y Opciones Neutrogenéricas de Acompañamiento
IMPULSAR PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Rosa Gabriela Porter Velázquez
A diferencia de la elección ordinaria concurrente del pasado 2 de junio que declararon desierta la convocatoria para organizaciones ciudadanas interesadas en coadyuvar a promover el voto para la contienda extraordinaria de Cuautepec de Hinojosa, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral (IEEH) determinó como procedente la solicitud de la agrupación “Diversidad, Redes de Apoyo para Mujeres y Opciones Neutrogenéricas de Acompañamiento A.C.” conocida como Di Ramona A.C.
En la pasada contienda concurrente para renovar diputaciones locales y 84 presidencias municipales hubo poco interés por parte de agrupaciones para apoyar en la educación cívica y cultura democrática mediante la promoción del voto libre e informado; del 31 de enero al 11 de marzo del 2024 recibieron una solicitud de registro de la organización: “Diversidades, Redes de Apoyo para Mujeres y Opciones Neutrogenéricas de Acompañamiento A.C. (Di Ramona A.C.)”.
Para ese momento, la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica del IEEH procedió a revisar los requisitos solicitados en la convocatoria, de los cuales obtuvieron un total de nueve documentos de diez solicitados, tras los requerimientos, la agrupación respondió mediante correo electrónico que no contaba con Clave Única de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI), por tanto, determinaron como improcedente la petición.
Ahora, rumbo al proceso extraordinario de Cuautepec de Hinojosa, la misma organización presentó su documentación y nuevamente no incluyó el CLUNI, sin embargo, el pleno validó su inscripción porque tal clave ya no lo contemplaron como requisito indispensable en el edicto para la contienda del 1 de diciembre.
“Cabe hacer mención que si bien, en la tabla anterior se desprende que la organización ciudadana solicitante no presentó la Clave Única de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI), también lo es que el mismo no es un requisito indispensable, en términos de lo establecido en la convocatoria aprobada por el Consejo General a través del Acuerdo IEEH/CG/266/2024”.
Por tanto, la Dirección Ejecutiva corroboró que Di Ramona A.C. acata con los requerimientos y fue procedente su solicitud de registro.