Cobrarán por registros y validación de proveedores

LEY ESTATAL DE DERECHOS

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Cobrarán 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) para la inscripción, revalidación o modificación en el padrón de proveedores de la administración pública a partir de las recientes modificaciones a la Ley Estatal de Derechos, sin embargo, dichos cambios no son coincidentes con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público que subraya la gratuidad de ese trámite.

En la reciente reforma de la Ley Estatal de Derechos, que aparece en el Periódico Oficial del Estado (POEH), modificaron las denominaciones de la sección primera del capítulo cuarto para quedar “De la Dirección General de Normatividad”, en lugar de “Dirección General de Padrones y Procedimientos de Contratación”; igualmente de la sección tercera, “de la Dirección General de Responsabilidades y Situación Patrimonial” pasó a “Dirección General de Responsabilidades Administrativas”, todo ello en concordancia con la Ley Orgánica de la Administración Pública y el reglamento interno de la Secretaría de Contraloría.

También actualizan los artículos 34, primer párrafo y 35 BIS, primer párrafo respecto a las referencias de la Dirección General de Normatividad, y de la Dirección General de Responsabilidades Administrativas, respectivamente.

En relación con el artículo 34 adiciona una fracción II, con la finalidad de mantener actualizado el Padrón de Proveedores de la Administración Pública Estatal para asegurar que los registros realmente interesados en participar en contrataciones públicas del ámbito estatal sean los que permanezcan activos.

De acuerdo con los considerandos, el padrón cuenta con más de 5 mil 725 registros inscritos, de los cuales mil 460 realizaron algún trámite de actualización de su información, por ello establecerán un cobro por la prestación de servicios relacionados a la inscripción, revalidación o modificación en el listado.

“Esta medida busca reducir la presencia de empresas ficticias, fortaleciendo así la eficiencia y transparencia en los procesos de contratación pública”.

Abunda que es justificable por razones clave para el buen funcionamiento del sistema de contratación pública y eficiencia administrativa, con ello resaltarán la calidad y confiabilidad de los proveedores, cubrir costos administrativos, fomentar la transparencia y la competencia, facilitar la gestión y control gubernamental, así como brindar certeza jurídica para que todos operen bajo un marco claro, justo y regulado.

Igualmente, la reforma a la fracción I del artículo 34 únicamente para adecuar la redacción e incorporar la “Y” al final, ya que la fracción II que agregan pasa a la última del referido articulado.

En contraste, todavía no armonizan la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, pues en el título tercero, artículo 26, sobre el padrón de proveedores, acota que la Secretaría de Contraloría lo integrará y mantendrá vigente, además que dicho registro será gratuito y los proveedores deberán actualizar los datos que exige la ley.

Agrega que podrán presentar proposiciones todas las personas, siempre y cuando acrediten a más tardar hasta el acto del fallo, que cuentan con su inscripción en el padrón de proveedores.