Llaman a organizaciones: promover participación

ELECCIÓN DEL PODER JUDICIAL

Invitan a organizaciones ciudadanas a colaborar en la participación de los mexicanos en el marco del proceso extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación, el límite para registrar a las agrupaciones interesadas vence el próximo 16 de marzo.

De acuerdo con la convocatoria emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE), las organizaciones ciudadanas son aquellas sociedades, asociaciones, agrupaciones gremiales o grupos de personas que no tengan vínculos con partidos políticos ni con aspirantes, precandidaturas o candidaturas para promover imparcialmente el ejercicio del voto libre y razonado en el mencionado proceso.

La promoción de participación ciudadana es todo acto, escrito, publicación, grabación, proyección o expresión, por medios impresos o digitales, realizado con el propósito de invitar de manera imparcial a la ciudadanía a participar en el ejercicio libre y razonado de su derecho al voto, los interesados tienen hasta el 16 de marzo para inscribirse.

Deben presentar un formulario electrónico, estatutos de la organización o Clave Única de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI) o cédula de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC), comprobante de domicilio vigente con antigüedad no mayor a tres meses, declaración de aceptación de las disposiciones firmada de manera autógrafa.

El trabajo que realicen las organizaciones acreditadas contribuirá al cumplimiento del objetivo específico que es la promoción de la participación ciudadana mediante el fortalecimiento de los conocimientos sobre la contienda a celebrarse el 1 de junio, divulgación de contenidos y materiales en medios digitales y generación de espacios de información y reflexión; el INE dará a conocer a las agrupaciones acreditadas a más tardar el 20 de marzo.

Focalizarán sus divulgaciones en informar a la ciudadanía sobre sus derechos políticos y obligaciones, la importancia de su participación pacífica y democrática para resolver los problemas públicos y de los cargos públicos a elegir, sobre el funcionamiento del sistema electoral mexicano y el papel que juega la propia ciudadanía en la organización y vigilancia de las elecciones, además de promover la equidad de género.

Las organizaciones deberán abstenerse de participar en cualquier acto que genere presión, compra o coacción del voto al electorado, o que afecte la equidad en la contienda electoral; hacer pronunciamientos a favor o en contra de candidaturas o partidos políticos, o de sus posiciones, propuestas, plataforma electoral, programa legislativo o de gobierno, o bien, respecto de un tema de consulta popular, aplicado a partir del inicio a la conclusión de la contienda.

Realizar cualquier actividad que altere la equidad en la contienda electoral; dar trato parcial e inequitativo a las distintas opciones participantes, en las acciones o materiales de promoción del voto que empleen para darlas a conocer al electorado; usar fotografías, nombres, siluetas, imágenes, lemas o frases, que puedan relacionarse de algún modo con los partidos políticos, aspirantes, precandidaturas, candidaturas, frentes, coaliciones y agrupaciones políticas nacionales vinculadas con partidos políticos, para inducir el voto a favor o en contra de alguna de estas figuras, así como expresiones calumniosas.

Las organizaciones ciudadanas no podrán contratar y difundir propaganda en radio ni televisión; mientras que suspenderán diligencias a partir del 28 de mayo del 2025 y entregarán al INE un informe final a más tardar el 31 de julio.

En caso de detectar conductas infractoras, las Vocalías en las Juntas Locales y Distritales Ejecutivas en las entidades informarán de inmediato a la Dirección Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica, quien las hará de conocimiento la Secretaría Ejecutiva del INE a efecto de iniciar los procedimientos correspondientes.

Para los organismos empresariales su promoción podrá abarcar al personal de las asociaciones integrantes y aprovechar los recursos e infraestructura de las mismas; dichas acciones no deberán tener como objetivo el lucro.

En tanto que podrán contribuir con INE mediante la co-organización de actividades culturales, territoriales o digitales, dirigidas a la promoción de la participación ciudadana y, en su caso, aportar premios en especie, trofeos o distinciones en los distintos eventos que las Juntas Locales o Distritales Ejecutivas organicen en el marco de las acciones de promoción de la participación ciudadana. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)