Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo quedaría incompleto

Próximo 10 de diciembre concluye el periodo de Manuel Cruz Martínez, mientras que el Senado de la República, aún no emite convocatoria

LABOR ORGÁNICA

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Debido a que el Senado de la República todavía no emite la convocatoria para elegir a magistrados locales en diversas entidades, entre ellas Hidalgo, el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) tendrá una integración incompleta porque el próximo 10 diciembre concluye el periodo del juez, Manuel Alberto Cruz Martínez.

En diciembre del 2015, la Cámara alta designó a cinco magistrados para conformar al órgano jurisdiccional hidalguense: Cruz Martínez por siete años, Mónica Mixtega Trejo y María Luisa Oviedo Quezada para cinco años, quienes terminaron su lapso en 2020, así como Jesús Raciel García Ramírez y Sergio Zúñiga Hernández por tres años.

Luego, en el 2018 modificaron la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado para reducir el número de integrantes del pleno, por lo que pasó de cinco a tres magistrados.

Para el 2020, el Senado de la República nombró a Rosa Amparo Martínez Lechuga y Leodegario Hernández Cortez como jueces electorales por siete años.

Sin embargo, hasta el momento la Comisión de Justicia no publica la convocatoria para elegir al magistrado faltante, misma que emitirían en octubre; cabe mencionar que no son los únicos encargos que siguen pendientes por nombrar en la Cámara alta, faltan jueces en salas regionales, comisionados y consejerías de diversas dependencias federales.

De acuerdo con la Ley Orgánica del Tribunal Electoral del Estado, en caso de presentarse alguna vacante temporal de alguno de los magistrados hasta por tres meses, la cubrirá el secretario general en funciones, sí así lo determina el resto de integrantes del pleno.

En caso de una vacante definitiva, lo comunicarán al Senado de la República para que provea el procedimiento de sustitución.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE) especifica en el artículo 108 que para la elección de los magistrados electorales que integren los organismos jurisdiccionales locales, la Cámara de Senadores emitirá, a propuesta de su Junta de Coordinación Política, la convocatoria pública que contendrá los plazos y descripción del procedimiento respectivo.

En caso de presentarse alguna vacante temporal de alguno de los magistrados que componen los organismos jurisdiccionales locales, la sustituirán de conformidad con el procedimiento que dispongan las leyes electorales locales; las vacantes definitivas le corresponden al senado el procedimiento de relevo.