Reencauzan queja a la justicia panista

TEEH
Reencauzó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) la queja que promovieron tres militantes de Acción Nacional (PAN), quienes denunciaron su remoción como integrantes del Consejo Estatal, por lo que será la Comisión de Justicia del partido que conozca y resuelva el asunto.
En el expediente TEEH-JDC-066/2025, interpuesto por Cornelio García Villanueva, Martha Sánchez Hernández y Armando Miguel Hernández Esquivel, señalaron que en la sesión del Consejo Estatal, celebrada el 10 de agosto, aprobaron un dictamen de la Comisión para la Remoción de Integrantes del Consejo Estatal del PAN el cual determinó su destitución.
Por tanto, recurrieron al tribunal local el 14 de agosto, sin embargo, en la ponencia de la magistrada, Rosa Amparo Martínez Lechuga, argumentó que para garantizar los principios de constitucionalidad y legalidad de los actos es necesario brindar definitividad a las etapas de los procesos.
Abundó que quienes estiman vulnerados sus derechos políticoelectorales deben agotar en principio las instancias previas al juicio ciudadano, es decir, los medios de defensa internos previstos en la normativa de los partidos políticos.
Únicamente en casos excepcionales procede el salto de instancia, el cual tiene que justificarse y fundarse, en el particular; los inconformes invocaron que su cargo vence en octubre, por lo que les queda agosto y septiembre para ejercer funciones en el órgano partidista “albiazul”. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)
Sin embargo, este alegato no acató los supuestos del per saltum, pues PAN cuenta con la Comisión de Justicia, no existe evidencia de un actuar parcial por parte de dicho ente o faltas a las formalidades del procedimiento, y es el medio de defensa idóneo para la restitución de derechos a los militantes.
Igualmente, el Reglamento de Justicia y Medios de Impugnación refiere que los recursos de reclamación quedarán resueltos en un plazo máximo de 30 días después de su presentación.
Por estas razones, el pleno del TEEH calificó como improcedente la justificación para conocer la queja en primera instancia e insistió que debe privilegiarse el principio de definitividad y agotar los medios de defensa previstos en los estatutos del PAN, asimismo, los magistrados reencauzaron el asunto a la Comisión de Justicia para resolverlo en breve término.