Recurren a Sala Superior

-Morena busca anular la multa, impuesta por TEEH, pero esto escapa de las competencias de Sala Regional Toluca

PROTOCOLOS

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Debido a que el juicio interpuesto por Morena para anular la multa que le impuso el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) escapa de las competencias de Sala Regional Toluca, remitieron una consulta hacia la Sala Superior para conocer si existe la posibilidad jurídica de resolver el asunto.

La cúpula “obradorista” recurrió mediante juicio electoral a la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a fin de refutar la multa de 50 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), 4 mil 811 pesos, que le atribuyó el órgano jurisdiccional hidalguense por no acatar los ordenamientos de una sentencia específica.

Mediante ST-JE-6/2022, los jueces de Sala Toluca emitieron el acuerdo de consulta competencial, con base en el derecho humano de tutela efectiva de la cadena impugnativa.

Esto es así porque dicho procedimiento inició con la queja ante la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena por parte de Martín Camargo Hernández, el pasado 12 de noviembre del 2021 para impugnar el proceso interno de selección de candidato a gobernador; ante ello, el órgano jurídico “guinda” desestimó el recurso y el promovente recurrió a la siguiente instancia que es el Tribunal Electoral del Estado para inconformarse.

El TEEH declaró incumplido el fallo y sancionó económicamente a la CNHJ, por lo que el partido intenta ahora invalidar la multa al recurrir ante Sala Toluca, pues tiene jurisdicción en Hidalgo.

“Existe la posibilidad jurídica de que, lo que eventualmente se resuelva en torno a la pretensión el partido actor, pueda constituir efectos más amplios y trascender, inclusive al ámbito de competencia exclusivo de la Sala Superior como es la elección de una gubernatura”.

Cabe recordar que Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral establece que Sala Superior conocerá de juicios de revisión constitucional relacionados a los actos y resoluciones de los comicios de gobernador y Jefe de Gobierno de la Ciudad de México.

Por lo que, la Sala Toluca al no tener competencia expresa o delegada, aunado a que no consideró conducente prejuzgar sobre el alcance del planteamiento de un tema y sus consecuencias, las cuales podrían trascender incidir más allá de su ámbito competencial, envió el mencionado acuerdo a la Sala Superior para que decrete lo conducente.