Reitera tribunal local que no  procedían medidas cautelares 

Publicaciones en redes sociales efectuadas por la Carolina Viggiano

Insistió el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que derivado de las pruebas y oficialías presentadas por el Instituto Estatal Electoral (IEEH) es insuficiente la adopción de medidas cautelares respecto a las publicaciones en redes sociales efectuadas por la entonces precandidata, Carolina Viggiano Austria, donde aparece con el gobernador, Omar Fayad Meneses, pues no afectaron a la equidad en la contienda.

Morena requirió que suspendieran la difusión de imágenes en Twitter y Facebook en donde aparece el gobernador, la precandidata de la coalición “Va por Hidalgo”, así como otros diputados, dirigentes o representantes del PRI como Marco Antonio Mendoza Bustamante, Roberto Rico Ruiz, Julio Valera Piedras, Alejandro Moreno Cárdenas, Emilse Miranda Munive, de la resolución del asunto, el IEEH descartó la implementación de medidas cautelares.

Las medidas cautelares son acciones extraordinarias que tienen por objeto evitar que conductas que puedan considerarse lesivas del órgano jurídico, transcurran en el tiempo causando sus efectos y que no sea posible retrotraerse con el dictado de una resolución de fondo, por ello la importancia de que sean emanadas de un análisis estricto y debidamente justificadas.

Entonces, Morena refutó tal asunto ante el TEEH, quien determinó en el recurso de apelación TEEH-RAP-MOR-010/2022 que no certificaron el elemento subjetivo del llamado al voto a favor de un partido o candidato, los links tampoco difundieron plataformas electorales, por lo que no era irreparable la aplicación de las mencionadas medidas como el retiro de mensajes en redes sociales.

Inconformes recurrieron a Sala Superior, quien recientemente revocó tal resolución local y ordenó otra sentencia con mayor exhaustividad, por lo que el tribunal hidalguense sesionó este 2 de abril para nuevamente dirimir el caso.

Sobre ello, los jueces estatales insistieron en que no hubo afectación a principios rectores de la materia o de los derechos de los sujetos que intervinieron en el mismo, con base en las reglas de la lógica, sana crítica y experiencia, la autoridad ponderó los elementos de análisis para decretar si imponía o no medidas cautelares en concreto, a partir de la apariencia del buen derecho y sin prejuzgar. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)