Confirma Sala Superior registros de Lima, Berganza y Menchaca 

-En otro asunto, se dirimió el juicio que promovió el PAN tras la improcedencia de sanciones contra el candidato de Morena y aliados

TEPJF

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Ratificó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) los acuerdos del Instituto Estatal Electoral (IEEH) que otorgó los registros como candidatos a José Luis Lima Morales por Verde Ecologista de México (PVEM), Francisco Xavier Berganza Escorza de Movimiento Ciudadano (MC), así como Julio Menchaca Salazar de “Juntos hacemos historia”.

El entonces aspirante a la candidatura a gobernador por Morena, Martín Camargo Hernández, contradijo la resolución del Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que corroboró tales inscripciones de contendientes, ya que concluyó el derecho de impugnar el registro de Menchaca Salazar.

Sobre ello, los magistrados federales consideraron que fue indebida esa apreciación del tribunal local, aunque no es suficiente para refutar el fallo, además que las inconsistencias radicaban principalmente en el proceso interno de selección “guinda”.

Mientras que, Movimiento Ciudadano manifestó que “Juntos hacemos historia” y PVEM no acataron la paridad en la inscripción de candidatos; sin embargo, el pleno rechazó ese argumento porque la Constitución Política de Hidalgo establece que la obligatoriedad de alternar el género de las postulaciones no es aplicable para este proceso electoral, sino para el siguiente.

En otro asunto, Sala Superior dirimió el juicio electoral que promovió Acción Nacional (PAN) tras la improcedencia del procedimiento especial sancionador contra el candidato de Morena y aliados, Julio Menchaca, así como el magistrado local, Leodegario Hernández Cortez, por presuntas vulneraciones a la normativa.

En el SUP-JE-65/2022, coincidió en que, de la interpretación sistemática de la Constitución local, así como del Código Electoral hidalguense, no es posible considerar que cuando hacen referencia a servidores públicos de órganos autónomos, como sujetos responsables en procedimientos sancionadores, incluya a los magistrados.

No obstante, Sala Superior estimó necesario dar vista al Senado de la República, a fin de que analice la posibilidad de implementar procedimientos que hagan más efectivo el régimen de responsabilidades de las magistraturas de órganos jurisdiccionales y garantizar el debido proceso.