Ochoa Fernández cometió  actos anticipados: TEEH

SANCIONES

Confirmó el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) que el diputado federal, Cuauhtémoc Ochoa Fernández, cometió actos anticipados de precampaña mediante propaganda encubierta en espectaculares, con la intención de promocionar su imagen para obtener la candidatura a la gubernatura por Morena.

La resolución del magistrado, Manuel Cruz Martínez, que acompañó el juez, Leodegario Hernández Cortez y votó en contra la presidenta, Rosa Amparo Martínez Lechuga, dio vista a la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura para que determine lo conducente en torno a la responsabilidad del servidor público “morenista”.

Aunque este asunto lo dirimieron el 31 de marzo, Acción Nacional (PAN) inconformó esa sentencia del procedimiento especial sancionador, TEEH-PES-001/2022, que declaró la inexistencia de infracciones consistentes en actos anticipados de precampaña y uso de recursos públicos atribuidos a Cuauhtémoc Ochoa, diputado federal, así como Francisco Xavier Berganza Escorza, entonces legislador local, ambos suspirantes a la candidatura “guinda”.

Sala Superior consideró que los magistrados hidalguenses no realizaron un análisis riguroso e integral sobre los hechos, ni las pruebas ofrecidas, por lo que regresaron el asunto.

En sesión nocturna el 10 de mayo, modificaron el fallo por mayoría de votos, pues el ponente, Manuel Cruz, advirtió que en los 37 espectaculares ubicados en diferentes puntos del estado exhibió la imagen de Ochoa, entre otras frases que conllevan a una sistematicidad en las publicaciones, además la temporalidad es entre la emisión de la convocatoria del proceso interno de Morena y el inicio de las actividades de la contienda de gobernador.

Precisó que, aunque no existe un llamado al voto, detectaron parámetros que vinculan la trascendencia de estos mensajes en la vía pública con la ciudadanía, por lo que pudo afectar la equidad de los comicios locales.

En el dictamen, confirmaron la existencia de actos anticipados de precampaña y promoción personalizada, al acreditar los elementos subjetivo, temporal y personal; sin embargo, descartaron el uso de recursos públicos, pues cotejaron que las facturas de contratación de los espectaculares los pagó una revista de circulación estatal por montos superiores a los 222 mil pesos.

Por otro lado, resolvieron el expediente, TEEH-PES-054-2022, en donde Morena denunció a la candidata de “Va por Hidalgo”, Carolina Viggiano Austria, por vulneración del interés superior de la niñez, tras la aparición de menores de edad en imágenes y tres videos con propaganda política.

A pesar que la aspirante argumentó que contaba con los permisos, no fue posible corroborar la autenticidad o alcance la identidad del menor, ni de la persona que supuestamente autorizó la presencia del niño; entonces, al incumplir con lineamientos para protección de niños y adolescentes en propaganda, acreditaron que Viggiano Austria, PAN, los Partidos Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) atentaron al derecho de intimidad y honor, inherentes a la personalidad del menor.

Por tanto, aunque retiraron dicha imagen, no extingue la potestad sancionadora y amonestaron públicamente a la contendiente, además de los tres partidos de la alianza. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)