Que INE resuelva quejas contra gobernadoras

POSTURA PRI

Pretende el Partido Revolucionario Institucional (PRI) que el Instituto Nacional Electoral (INE) sustancie la queja contra las gobernadoras de Campeche, Colima y Ciudad de México quienes asistieron a un evento en Hidalgo del candidato de “Juntos hacemos historia”, Julio Menchaca Salazar, por lo que violentaron los principios de imparcialidad.

Mediante el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, SUP-REP-321/2022, el “tricolor” impugnó ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el desechamiento por parte de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE, al declararse incompetente para conocer y resolver la citada denuncia.

Esencialmente, señalaron a la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo; la senadora, Martha Lucía Micher Camarena, así como las gobernadoras de Colima, Indira Vizcaíno Silva y de Campeche, Layda Sansores San Román, quienes acudieron a un evento de campaña el 8 de mayo, celebrado en Pachuca.

Tras declararse como incompetente para conocer la queja, la Unidad Técnica de lo Contencioso descartó el asunto y lo remitió al Instituto Estatal Electoral (IEEH) bajo el argumento de que las conductas inciden en la esfera de competencia de la autoridad en el ámbito local.

Sin embargo, el PRI consideró que la resolución violentó los principios de legalidad, seguridad jurídica y acceso a la justicia, en virtud de la interpretación gramatical de diversas disposiciones, así como precedentes de órganos jurisdiccionales, que refieren una violación a la imparcialidad regulado en el artículo 134 constitucional por parte de servidoras públicas de ámbitos locales diferentes.

“Ante la incertidumbre jurídica y la falta de competencia en la norma local, es que la autoridad nacional debe sustanciar dicho asunto y en su caso el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) asumir su competencia como autoridad resolutora”. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)