Derechos culturales y erradicación de discriminación: las reformas

-Modificaciones en la sesión ordinaria de este martes, son para la Constitución Política de Hidalgo, la Ley de Protección Civil y otras

PODER LEGISLATIVO

Luis Enrique Juárez Guzmán

Toda persona tiene derecho al acceso a la cultura y a ejercer en condiciones de igualdad y no discriminación sus derechos culturales, así como el derecho a acceder al Patrimonio Cultural de la entidad, aprobaron las y los integrantes de la LXV Legislatura del Congreso del Estado de Hidalgo.

Tras la reforma al artículo 5 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, se garantiza la protección de los derechos humanos, culturales radica tanto en las propias manifestaciones expresivas, como el mismo proceso en las que estas se desenvuelven; en ambos casos desde las ópticas individual y respecto de la sociedad beneficiaria.

Además, se explicó que el patrimonio cultural juega un papel fundamental, ya que constituye el potencial cultural de las sociedades contemporáneas, contribuye a la revalorización continua de las culturas y de las identidades, además, funge como vehículo para la trasmisión de experiencias, aptitudes y conocimiento entre generaciones, por lo que, de igual forma ha adquirido una gran importancia económica para el sector turístico en muchos países.

 

PROTECCIÓN CIVIL

De igual forma, las y los representantes populares reformaron la fracción VII del artículo 16 TER de la Ley de Protección Civil para establecer: “Apoyar y asesorar al Ministerio Público en materia de protección civil y denunciar ante éste las conductas presumiblemente constitutivas de delito, así como fungir como perito en la materia ante autoridades competentes”.

Se señaló que no es impedimento de lo anterior el hecho de que la Ley de Protección Civil del Estado de Hidalgo no sea una norma de carácter penal, pues lo que se propone es que, a través de la correcta interpretación normativa del texto de referencia, se establezca el término que permita una adecuada aplicación de la norma jurídica contenida en el numeral cuya modificación se estableció.

 

ERRADICAR LA DISCRIMINACIÓN

A fin de incluir en la norma local los conceptos de “salud física” y “salud mental”, se realizaron diversas reformas a la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Eliminar la Discriminación en el Estado de Hidalgo, acciones que fueron aprobadas por los integrantes de la LXV Legislatura de la entidad.

En las modificaciones se establece que como causal, “Negar la prestación de servicios financieros a personas con discapacidad y personas adultas mayores o por motivo de la condición de salud física o mental”, así como: “Difundir sin consentimiento de la persona agraviada información sobre su condición y antecedentes de salud física o mental, o sobre cualquier otro dato personal sensible”.

Adicionalmente, “Estigmatizar y negar derechos a personas con VIH/SIDA o cualquier condición o antecedentes de salud física o mental”, con lo que se regula, dentro de la ley mencionada, el concepto de discriminación para que sea considerada de igual forma cualquier acto que pretenda menoscabar a las personas con cualquier condición de salud mental.