Todo sobre el pago de aguinaldo 

– Derecho a esta gratificación aplica para todos los trabajadores: de base, confianza, planta, sindicalizados, contratados por obra o por tiempo determinado

CUENTA REGRESIVA 

Alberto Quintana Codallos

Deben los patrones pagar el aguinaldo como fecha límite el 20 de diciembre, quienes no lo hagan pueden ser acreedores a una multa de 4 mil 811 a 481 mil 100 pesos, esto de acuerdo con el artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Por tanto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH) reiteró que el aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores, independiente de las demás prestaciones, el patrón en ningún caso puede argumentar dificultades de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe. 

Tienen derecho al pago de aguinaldo todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o por tiempo determinado, entre otros.

A los trabajadores eventuales se les paga la parte proporcional al tiempo laborado, la LFT no hace distinción o señala excepción alguna que los excluya del mismo.

Los empleados contratados por honorarios tienen derecho al pago de aguinaldo si existe una subordinación laboral mediante la prestación de servicios permanentes a un sólo patrón y obligatoriamente cubra un horario de trabajo con duración de la jornada máxima legal de 8 horas.

Los trabajadores que sufrieron algún accidente de trabajo que estén asegurados o no, se consideran trabajadores en activo durante el periodo que dure la incapacidad temporal y por tanto, tiene derecho a recibir completo su aguinaldo ya sea por parte de la empresa o de las instituciones de seguridad social.

Quienes renuncien a su trabajo antes del 20 de diciembre, tienen derecho a que se les cubra la parte proporcional de la gratificación por el tiempo que laboraron.

El aguinaldo y salario deben pagarse en efectivo, con la moneda en curso legal, no está permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda. 

Previo consentimiento del trabajador, el pago del salario y aguinaldo podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico.