TEEH: suplencia de la queja garantizará amplitud de derechos políticoelectorales

– En próximas fechas, SCJN definirá las reglas del juego para la contienda del 2024

PLAN 

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Aunque prevalece en suspenso la aplicación del “Plan B”, la reforma prevé un aspecto positivo en cuanto a la impartición de justicia que es la suplencia de la queja en los medios de impugnación de manera absoluta, de acuerdo con la magistrada presidenta del Tribunal Electoral el Estado (TEEH), Rosa Amparo Martínez Lechuga, dichas disposiciones garantizan de manera más amplia los derechos políticoelectorales.

Luego de la suspensión decretada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al llamado “Plan B” de la reforma electoral, en próximas fechas el máximo tribunal del país definirá las “reglas del juego” para la contienda del 2024.

Respecto a la nueva Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral que sustituyó a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, contempló aspectos innovadores para los órganos jurisdiccionales únicamente a nivel federal.

“La reforma electoral que conocemos como ‘Plan B’, abarca tres ejes principales, el primero relativo al ejercicio de los derechos políticoelectorales; el segundo relativo al sistema nacional electoral y el tercero relativo a la justicia electoral; (en este último) a través del juicio electoral abarcarán otros medios de impugnación que anteriormente conocemos como juicio ciudadano y recurso de apelación; sin embargo, quiero hacer un énfasis importante, este juicio electoral que abarcará estos medios de impugnación es a nivel federal, es decir, ante instancias federales, nosotros en el TEEH tenemos vigente el Código Electoral local”.

Otros aspectos destacados son el juicio en línea y utilización de firma electrónica como mecanismo de autenticación de la voluntad; reduce los tipos de medios de impugnación de siete a cuatro, ordena suplir la argumentación deficiente en todos los medios de impugnación, con excepción del recurso de reconsideración y del juicio de revisión constitucional electoral; así como otras limitaciones para imponer sanciones.

“Considero que es conveniente para toda la ciudadanía en la parte de justicia electoral, el ‘Plan B’ contempla una suplencia de la queja en los medios de impugnación pero de manera absoluta, esto quiere decir que, actualmente la legislación señalaba que habría suplencia de la deficiencia de la queja cuando de los agravios pudiesen desprenderse algún otro agravio, ahora con esta reforma nosotros como autoridades electorales vamos a tener la obligación de suplir la deficiencia de la queja en su totalidad, esto quiere decir que si nosotros dentro de las constancias del expediente advertimos, aunque no lo hayan expresado, algún agravio, estamos obligados a señalarlo y pronunciarnos respecto a ese agravio conforme a las constancias y pruebas que haya en autos”.

La magistrada presidenta subrayó que esta disposición garantizará de manera más amplia los derechos políticoelectorales; igualmente, como otras permutas que incluyeron como el voto de personas en prisión preventiva, para ciudadanos con alguna discapacidad o en estado postración, aspectos nuevos en el sufragio de quienes radican en el extranjero o la paridad en gubernaturas.

Próximamente la SCJN definirá cuáles serán los articulados, leyes y criterios vigentes que aplicarán para el proceso 2023-2024.