Reglas de postulación, hasta la última instancia

TRANCES 

Controvirtieron algunos partidos políticos la sentencia de Sala Regional Ciudad de México que modificó el fallo del tribunal hidalguense relativo a las reglas de postulación para candidatos a diputados locales y ayuntamientos, ante Sala Superior formalizaron recursos de reconsideración por dicha resolución que ya acató el Instituto Estatal Electoral (IEEH).

Al menos cuatro institutos políticos recurrieron a Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para refutar el SCM-JDC-7/2024 y acumulados, en el que cambió parcialmente la sentencia local del pasado 2 de enero, TEEH-JDC-086/2023 y acumulados, la cual refiere que Instituto Estatal Electoral (IEEH) emitirá nuevo acuerdo, fundamentado y motivado, respecto a las acciones afirmativas de jóvenes en diputaciones y los municipios exclusivos para postular mujeres.

Por ello, Acción Nacional (PAN) promovió el SUP-REC-84/2024, en tanto que Revolucionario Institucional (PRI) interpuso el SUP-REC-88/2024; Movimiento Ciudadano el SUP-REC-89/2024 y Morena el SUP-REC-91/2024.

Apenas, el Consejo General del IEEH acató lo ordenado por Sala Regional Ciudad de México y refrendó 27 municipios reservados para postulación de mujeres a alcaldesas: Atotonilco el Grande, Singuilucan, Atotonilco de Tula, Tepetitlán, Chapulhuacán, Tezontepec de Aldama, Eloxochitlán, Tlahuelilpan, Emiliano Zapata, Tlahuiltepa, Huichapan, Tlanalapa, Metztitlán, Tepeji del Río, Nopala de Villagrán, Tulancingo y Francisco I. Madero.

Además de los que son clasificados como indígenas: Calnali, Santiago de Anaya, Cardonal, Tecozautla, Chilcuautla, Tenango de Doria, Huehuetla, Xochiatipan, Lolotla y Yahualica.

De igual forma, incluye lo relativo al artículo 119 del Código Electoral hidalguense sobre la metodología de bloques partidos políticos y candidaturas comunes, en donde enlistarán todos los municipios en los que presenten una planilla de candidaturas, ordenados de mayor a menor conforme al porcentaje de votación que en cada uno de ellos, con base en el principio de competitividad o rentabilidad.

Sobre la postulación de candidaturas de personas jóvenes a diputaciones locales, el Consejo General enfatizó que será al menos una fórmula en los distritos electorales por mayoría relativa o en la lista “A” de representación proporcional, en los dos primeros lugares, con respeto a la alternancia de género.

El acuerdo incrementa de 4 a 12 municipios donde inscribirán fórmulas para personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, intersexuales, queer y más (LGBTIQ+): Actopan, Atotonilco de Tula, Cuautepec, Mineral de la Reforma, Pachuca, Tepeapulco, Tepeji del Río, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo y Zempoala.

Finalmente, para personas con discapacidad permanece una fórmula en cualquier lugar de la planilla en aquellos municipios de hasta 50 mil habitantes, es decir 70 de los 84 ayuntamientos y dos fórmulas completas en 14 demarcaciones con más de 50 mil pobladores: Actopan, Atotonilco de Tula, Cuautepec de Hinojosa, Huejutla de Reyes, Ixmiquilpan, Mineral de la Reforma, Pachuca, Tepeapulco, Tepeji del Río de Ocampo, Tezontepec de Aldama, Tizayuca, Tula de Allende, Tulancingo y Zempoala.

(Rosa Gabriela Porter Velázquez)