Para atrás, quejas vs candidatos hidalguenses a jueces de distrito

-El pleno descartó las quejas porque todavía hay tiempo para justificar erogaciones; varias omisiones

DINÁMICA

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Desechó de plano el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) cinco procedimientos administrativos sancionadores promovidos contra candidatos hidalguenses a jueces de distrito por diferentes irregularidades como omisión de reportar gastos derivado de publicaciones en redes sociales y uso de símbolos religiosos, el pleno descartó las quejas porque todavía hay tiempo para justificar erogaciones. 

En la resolución del procedimiento administrativo sancionador de queja en materia de fiscalización, instaurado en contra de Vanesa Zárate Vergara, candidata a jueza de distrito mixto correspondiente al distrito judicial 1 en Hidalgo, identificado con el número de expediente INE/Q-COF-UTF/147/2025, acusaron la presunta omisión de reportar gastos derivado de publicaciones en el perfil de Facebook de la contendiente.

La resolución abunda en que la publicación denunciada forma parte del monitoreo de páginas de internet y redes sociales respecto de las candidaturas a juzgadores, con base en los ingresos y egresos de campaña reportados por parte de los sujetos obligados, serán materia de pronunciamiento y en su caso sancionados en el procedimiento de fiscalización de revisión de informes.

Entonces, si las presuntas erogaciones no reportadas corresponden a una temporalidad anterior al 16 de junio del 2025, que es la fecha límite para notificar el oficio de errores y omisiones, actualizaron la causal de improcedencia y reencauzaron a la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) para su cotejo y verificación en los conceptos de gastos.

Misma determinación para la resolución INE/Q-COF-UTF/154/2025, en la que señalaron a la candidata a jueza de distrito 01, circuito judicial 29, Areli Sánchez Lazcano, por no reportar eventos, así como publicaciones de campaña que fueron difundidos en la red social Facebook, lo cual podrían constituir infracciones a la normatividad electoral en materia de origen, monto, destino y aplicación de los recursos.

Igualmente, en el procedimiento INE/Q-COF-UTF/155/2025, contra Rosa María Escamilla Reyes, candidata a jueza de distrito en materia penal en el estado no dar a conocer eventos y publicaciones de campaña divulgados en Facebook.

También coincidieron en el fallo INE/Q-COF-UTF/156/2025, en donde denunciaron a Martina Flores Pérez, candidata a jueza de distrito 01, circuito judicial 29 en especialidad penal, por no informar los gastos de eventos y recorridos que dio a conocer en la citada plataforma social.

Por otro lado, en el procedimiento administrativo sancionador de queja en materia de fiscalización, INE/Q-COF-UTF/171/2025, instaurado en contra de Silvia Camargo Jiménez, candidata a jueza de distrito en competencia mixta, del distrito judicial 1, por la presunta omisión de reportar gastos y eventos, así como el uso de símbolos religiosos lo cual vulnera el principio de laicidad, también fue desechado porque estas indagatorias formarán parte del informe final de fiscalización.

Sin embargo, ante la tentativa violación al principio de separación de iglesia-estado, dieron vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE.