Más ayuntamientos signan convenio con Finanzas

COORDINACIÓN. La colaboración con dicha área, adscrita a la Subsecretaría de Ingresos, tiene como objetivo la coordinación en cuestión de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales.

-Son para que la Dirección General de Recaudación concentre, registre y turne a los ayuntamientos de El Arenal, Tenango de Doria y Tlanchinol las multas administrativas federales no fiscales hacia infractores, personas físicas y morales, con ello cobrarlas de manera voluntaria o coactivamente

ENGRANAJE 

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Otros municipios también signaron los convenios de colaboración con la Secretaría de Finanzas Públicas para que la Dirección General de Recaudación -adscrita a la Subsecretaría de Ingresos- concentre, registre y turne a los ayuntamientos de El Arenal, Tenango de Doria y Tlanchinol las multas administrativas federales no fiscales hacia infractores, personas físicas y morales, con ello cobrarlas de manera voluntaria o coactivamente.

Esta colaboración administrativa en materia fiscal con los municipios tiene como objetivo la coordinación en cuestión de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales hacia infractores, personas físicas o morales, domiciliados dentro de la circunscripción territorial.

A inicios del año 2023, la Dirección General de Recaudación adscrita a la Subsecretaría de Ingresos oficializó estos acuerdos con las presidencias municipales de Apan, Acaxochitlán, Cardonal, Chilcuautla, Huehuetla y Pacula.

Los acuerdos obligan a las mencionadas alcaldías a requerir el pago de multas administrativas federales no fiscales; determinar sus correspondientes accesorios y recaudar dichos conceptos; practicar el embargo precautorio; aseguramiento de bienes o negociaciones en los casos que proceda; rematar bienes embargados; efectuar la devolución de cantidades pagadas indebidamente.

De igual forma, autorizar pago de multas de manera diferida o en parcialidades, declarar prescripción de los castigos monetarios con base en lo que establece el Código Fiscal de la Federación, respecto a la incosteabilidad por insolvencia del deudor; entre otras que señala el aludido marco jurídico.

Por las actividades que lleven a cabo los municipios, obtendrán un incentivo del 90 por ciento (%) de lo recaudado; si hubo pagos espontáneos o voluntarios, toca al estado el 98% y 2% a las demarcaciones; igualmente, informarán a la Secretaría de Finanzas los montos cobrados hasta cinco días antes de terminar cada mes; en 60 días brindarán comparativos de cartera pendiente de cobro; incluirán expedientes en proceso, autorizaciones, pagos diferidos, parcialidades otorgadas, cancelación por incosteabilidad o insolvencia del deudor, entre otras.

Ante omisión por parte de alcaldías, tendrán dos meses para cobrar las multas y una vez transcurridos 90 días sin actividad alguna, el Gobierno Estatal solicitará la devolución de expedientes e iniciará con las recaudaciones, en esos casos corresponderá a la oficialía el 98% y el 2% restante a la federación.

Los citados convenios tienen vigencia al 4 de septiembre del 2024, el Gobierno Hidalguense finalizará el mismo con motivo de la ejecución y cobro, en caso de que los municipios no enteren en tiempo y forma la recaudación.