Desechan queja contra spot de Viggiano Austria   

En el SUP-REP-237/2024, Morena interpuso el medio de impugnación

La Sala Superior desechó el recurso de revisión del procedimiento especial sancionador que interpuso Morena contra la negativa de implementar medidas cautelares para suspender un promocional en televisión de la candidata al senado de “Fuerza y Corazón por México”, Carolina Viggiano Austria, esto debido a que el spot denunciado dejó de transmitirse.

En el SUP-REP-237/2024, Morena interpuso el medio de impugnación para refutar la determinación de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en el acuerdo ACQyD-INE-100/2024, dentro del procedimiento UT/SCG/PE/MORENA/CG/339/PEF/730/2024.

La comisión declaró improcedente la solicitud de adoptar medidas cautelares contra los Partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) de la coalición “Fuerza y Corazón por México” por el presunto uso indebido de la pauta, específicamente del promocional denominado “F HGO SEN CV 60 AÑOS”, con folio RV00673-24, en el que omite de manera expresa por medios auditivos la calidad de Viggiano Austria como candidata al Senado de la República en Hidalgo.

Por ello, Morena pidió medidas cautelares a fin de que suspendieran el promocional denunciado, así como la tutela preventiva para que el partido político responsable de la pauta incluyera la identificación auditiva de tales elementos; sin embargo, la autoridad responsable no lo concedió.

En la resolución del juicio y conforme a los reportes de vigencia emitidos por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativa y Partidos Políticos del INE, advirtieron que la vigencia del promocional fue programada por el PRI para el período del 10 al 13 de marzo, por lo que dicho spot dejó de transmitirse y según el fallo a ningún fin práctico ni jurídico conduciría el pronunciarse respecto al análisis de la medida cautelar solicitada.

“En este sentido, la posible retransmisión del promocional denunciado sólo constituye una especulación respecto de la actualización de un hecho futuro e incierto, pues no se observa que en el expediente haya elementos que permitan concluir que exista el riesgo de ello”.

Entonces, al quedar sin materia, Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó de plano el medio de impugnación interpuesto por Morena. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)