Revisarán expedición de credencial: caso de un ciudadano hidalguense

-Isidro Romero interpuso el juicio ciudadano SCM-JDC-87/2024 contra la resolución de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores por conducto de la vocalía distrital 03 con cabecera en Actopan

SALA REGIONAL

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Ordenó la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores (RFE) del Instituto Nacional Electoral (INE) analice nuevamente la solicitud de expedición de credencial para votar de un ciudadano hidalguense, a quien inicialmente le negaron su mica ante posible falsedad de datos.

Isidro Romero Flores interpuso el juicio ciudadano SCM-JDC-87/2024 contra la resolución de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores por conducto de la vocalía distrital 03 con cabecera en Actopan, en la cual declararon improcedente su solicitud de expedición de credencial para votar debido a que la fecha límite para ello fue el pasado 22 de enero.

En la ponencia de la magistrada, María Guadalupe Silva Rojas, revocaron la determinación del RFE ante circunstancias particulares, pues la petición fue el pasado 15 de febrero tras la primera negativa que recibió desde el 8 de enero por la supuesta falsedad en sus datos de registro.

“Se considera que la determinación de la vocalía no debió haberse sustentado de manera fundamental en la extemporaneidad de su solicitud, sino que debió tomar en consideración que la pretensión de la parte actora era cuestionar la decisión de rechazar su trámite, pues era ese el verdadero obstáculo a su derecho al voto”.

Abunda que ni la vocalía o la Secretaría Técnica del RFE informaron al hidalguense las razones concretas para establecer que los datos aportados no eran ciertos y debía rechazarse su trámite.

De igual forma, que no fue exhaustiva en valorar las pruebas aportadas para esclarecer la situación registral, específicamente documentación remitida por la dirección general del registro civil del estado de Veracruz, en la que sugiere que podría tratarse de persona distinta a quien presuntamente trataron de usurpar.

Por tanto, los magistrados ordenaron a la dirección del RFE que analice de forma exhaustiva y conforme a los lineamientos aplicables la documentación de la parte actora para que emita una nueva opinión técnica normativa, fundada y motivada.

En otro momento de la sesión, Sala Regional Ciudad de México desechó el juicio electoral, SCM-JE-28/2024, que promovió el área jurídica del ayuntamiento de Tlanalapa para refutar la sentencia TEEH-JDC-034/2024 del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), ya que carece de legitimación activa para controvertir el fallo mencionado.