Sala Superior absorberá asuntos de Sala Regional Especializada

-Con la reciente reforma al Poder Judicial eliminarán dicha instancia a partir del 1 de septiembre del 2025; trasladarán sus pendientes
TEPJF
Rosa Gabriela Porter Velázquez
Explicó el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado (TEEH), Leodegario Hernández Cortez, lo que sucederá con los asuntos que atiende la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ante su inminente desaparición producto de la última reforma al Poder Judicial.
Creada con la reforma electoral del 2014, la Sala Regional Especializada es la encargada de resolver los procedimientos sancionadores relacionados con la violación a las normas que regulan el acceso a radio y televisión de los partidos y candidatos, la aplicación imparcial de recursos públicos, la propaganda de entes públicos, propaganda electoral, así como actos anticipados de precampaña y campaña.
Asimismo, asuntos relacionados a la violencia política en razón de género y protección del interés superior de la niñez; sobre la práctica del periodismo y de la libertad de expresión en el ámbito políticoelectoral, entre otros.
Con la reciente reforma al Poder Judicial eliminarán dicha sala a partir del 1 de septiembre del 2025, por lo que este diario cuestionó al magistrado hidalguense sobre lo que ocurriría con aquellos asuntos que atendía.
“En algunos casos conoce la Sala Regional Ciudad de México y en otros casos conocerán la Sala Superior, simple y sencillamente lo que está pasando con la desaparición los órganos autónomos, hay otras instituciones que van a absorber esa carga de laboral, esa carga de trabajo, esos planteamientos que se realicen, no hay otra situación mayor”.
En la citada reforma detalla el artículo transitorio vigésimo séptimo que los asuntos que se encuentren en la Sala Regional Especializada pasarán a la Sala Superior para que la Sección Resolutora los resuelva, misma que debe instalarse en un plazo de 30 días después de la entrada en vigor del decreto.
Asimismo, hay pendientes normativos para especificar la atención de procedimientos especiales sancionadores, quien emitirá sentencias o sanciones, entre otras particularidades.
“Si damos vista a Sala Ciudad de México o Sala Superior dependiendo que proceso electivo, en caso de gobernadores sea directamente Sala Superior, dependiendo el proceso electivo si es un proceso ordinario de ayuntamientos o diputados locales a la Ciudad de México y sí es de gobernador directamente a la Sala Superior, también de los casos de presuntas violaciones al 134 constitucional, dependiendo también ahí el criterio que se ha asumido para la competencia, dependiendo el cargo que ejerza, si es una persona que con un cargo federal, pues ya tendría que ser Sala Superior”.