Mineral del Monte debe pagar

-El TEEH mandató al ayuntamiento de Tepeapulco para que informe al Congreso local sobre las faltas del síndico, Hugo Pérez Ramírez, y defina si lo suspenden o revocan del cargo

A DELEGADOS

Rosa Gabriela Porter Velázquez

Mineral del Monte modificará el presupuesto de egresos 2022 para incluir el salario de dos delegados municipales porque son funcionarios públicos con derecho a una remuneración; además, el Tribunal Electoral del Estado (TEEH) mandató al ayuntamiento de Tepeapulco para que informe al Congreso local sobre las faltas del síndico, Hugo Pérez Ramírez y defina si lo suspenden o revocan del cargo, en consecuencia, llamar a que rinda protesta de manera temporal el suplente, Jonathan Vargas Urbina.

Gabriela González Aldana, delegada del Barrio el Viento y Nataly Solís Ordaz, enlace del Barrio San Agustín, pertenecientes a Mineral del Monte, impugnaron la falta de remuneración y pago retroactivo desde agosto del 2021; el ayuntamiento argumentó que estas personas no podrían considerarse como representantes de elección popular, además que no tenían suficiencia presupuestaria.

Como criterio reiterado del tribunal hidalguense, los delegados son considerados como funcionarios auxiliares en los municipios, al ser electos por sus vecinos, de ahí que el artículo 36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos refiere que los cargos de elección popular nunca serán gratuitos y tienen derecho a una percepción adecuada e irrenunciable.

En ambos casos, el tribunal recordó que a partir del principio de anualidad es posible solicitar cambios en el presupuesto del 2022 para contemplar remuneraciones hacia los delegados, desde el 1 de enero hasta que concluyan su encargo; sin embargo, no es viable un pago retroactivo correspondiente al 2021.

Por otro lado, los magistrados ordenaron al ayuntamiento de Tepeapulco para que diera vista al Congreso local, a fin de que pormenorice sobre las ausencias en el cabildo, desde el pasado 21 de marzo, por parte el síndico hacendario propietario, Hugo Pérez Ramírez, entonces el Poder Legislativo defina si suspenden o lo revocan del encargo municipal.

Igualmente, el TEEH refirió que el presidente municipal tiene que rendirle protesta a Jonathan Vargas Urbina, como síndico suplente, apercibido que, en caso de omisión, le impondrán medidas de apremio como correcciones disciplinarias, amonestaciones, multas, suspensión o destituciones.

De otros asuntos, por mayoría de los jueces, descartaron que las expresiones emitidas por Andrés Manuel López Obrador, presidente de la República, durante una conferencia de prensa vulneraron los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad de la contienda de gobernador, asimismo, rechazaron las mismas infracciones y actos anticipados por parte de la entonces candidata de la coalición “Va por Hidalgo”, Carolina Viggiano Austria.

DATOS

DESESTIMACIÓN

Las y los magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, descartaron que las expresiones emitidas por Andrés Manuel López Obrador, presidente de la República, durante una conferencia de prensa vulneraron los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad de la contienda de gobernador, tal como lo denunció la excandidata Alma Carolina Viggiano Austria

LEY ESTATAL

El tribunal recordó que a partir del principio de anualidad es posible solicitar cambios en el presupuesto del 2022 para contemplar remuneraciones hacia los delegados, desde el 1 de enero hasta que concluyan su encargo; sin embargo, no es viable un pago retroactivo correspondiente al 2021