Vigente suspensión de derechos partidistas para Alhely Medina H.

SEGUIMIENTO
Debido a que Alhely Medina Hernández presentó su recurso de revisión fuera de los plazos establecidos en la normativa, la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia (CNHJ) de Morena determinó como improcedente la pretensión de revocar el inicio del procedimiento sancionador CNHJ-HGO-141/2025, en el cual suspendieron sus derechos partidistas.
La diputada local con licencia formalizó el expediente, CNHJ-HGO-141/2025-REV-I, en el que interpuso el recurso de revisión contra el acuerdo de inicio de procedimiento sancionador de oficio del 8 de mayo del año en curso, en el cual emitieron medidas cautelares, con efectos temporales limitados a la emisión de la resolución de fondo, consistentes en la suspensión de derechos partidarios y cargos al interior de Morena.
Ello con la intención de conservar la materia del litigio, así como evitar un grave e irreparable daño a los procesos electorales internos, los bienes jurídicos tutelados en los documentos básicos o la vida interna, con motivo de la sustanciación de un procedimiento.
Al resolver el recurso de revisión que promovió Medina, la CNHJ aclaró que notificaron a la legisladora de lo resuelto el 12 de mayo, por lo que para controvertir las medidas cautelares el lapso inició el día 13 hasta el 15 del mismo mes, mientras que la impugnación fue presentada el 22.
“Toda vez que el recurso intentado fue presentado fuera del plazo de 72 horas siguientes a la notificación del acuerdo en el que se dicten las medidas cautelares, concedido para su interposición, a juicio de esta CNHJ, se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 22, inciso d) del Reglamento de la CNHJ y; por ende, resulta improcedente el recurso de revisión y debe ser desechado”. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)