Desechan quejas vs precandidatura de Benjamín Rico Moreno en el INE

-Por presuntos actos anticipados proselitistas y la omisión de reportar gastos de este tipo

Desechó el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) tres quejas contra el entonces precandidato a la presidencia municipal de Pachuca por la candidatura común “Fuerza y Corazón por Hidalgo”, Benjamín Rico Moreno, por presuntos actos anticipados proselitistas y la omisión de reportar gastos de este tipo.

Específicamente en los procedimientos administrativos sancionadores en materia de fiscalización, INE/Q-COFUTF/199/2024/HGO y INE/Q-COFUTF/221/2024/HGO, señalaron a Rico Moreno por la supuesta omisión de reportar gastos de precampaña y campaña tras la difusión de eventos en una página web y otros servicios de fotografía, video y mantenimiento.

Ante la falta de una descripción clara de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, pruebas idóneas y suficientes que permitan confirmar el acontecimiento, el Consejo General desechó el escrito de queja porque no desprende una narración expresa y clara, sin embargo, por el posible delito de acto anticipado de campaña, dieron vista al Instituto Estatal Electoral (IEEH) para que investigue el sitio web.

En cuanto al INE/Q-COFUTF/200/2024/HGO, acusaron que Benjamín Rico no reportó gastos de precampaña en la colocación de cuatro espectaculares que suman 100 mil pesos, mismos que promovieron su imagen en periodo prohibido, pero tampoco demostraron las circunstancias de tiempo, modo y lugar, ni elementos o pruebas de carácter indiciario.

Igualmente descartaron el caso porque de los hechos denunciados y los medios de prueba que aportaron para sustentar los mismos, no vinculan directamente con las circunstancias que permitan determinar el contexto en que ocurrieron, así como el lugar y la temporalidad en que suscitaron, las cuales deben de adminicularse con los elementos de prueba.

Finalmente, el Consejo General del INE dio vista al IEEH para que analice posibles irregularidades en la colocación de cuatro espectaculares en los que promociona la imagen del precandidato, lo cual generaría una transgresión a la normativa electoral respecto al origen, destino y aplicación de los recursos de los partidos políticos, bajo tentativos actos anticipados de precampaña y/o campaña. (Rosa Gabriela Porter Velázquez)